Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
-
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY No.
823, "LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA
2013"
Ley No. 845, Aprobada el 24 de Septiembre del 2013
Publicada en La Gaceta No. 183 del 27 de Septiembre del 2013
El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:Que,
LA ASAMBLEA NACIONAL
Ha ordenado la siguiente:
LEY No.
845
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY No. 823, "LEY ANUAL DE PRESUPUESTO
GENERAL DE LA REPÚBLICA 2013"
Artículo 1 Increméntese el Presupuesto General de Ingresos
para el ejercicio presupuestario 2013 en la suma de
C$973,300,443.00 (NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en concepto de
ingresos corrientes y de capital, de acuerdo a la distribución por
fuentes de ingresos contenida en el Anexo N° I.
Art. 2 Increméntese el Presupuesto General de Egresos para
el ejercicio presupuestario 2013 en la suma de C$649,586,845.00
(SEISCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y SEIS
MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$593,886,103.00 (QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS
OCHENTA Y SEIS MIL CIENTO TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$55,700,742.00 (CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS
MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital,
de conformidad a las modificaciones de incrementos, reducciones y
reasignaciones, que a continuación se detallan:
I. Increméntese o asígnese, en su caso, las partidas
presupuestarias de los Ministerios e Instituciones siguientes, cuyo
detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N°
II.
1. A la Asamblea Nacional la suma de C$11,841,872.00 (ONCE MILLONES
OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$4,651,618.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS
CINCUENTA Y UN MIL SEISCIENTOS DIECIOCHO CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente, de esta suma C$35,000.00 están
destinados a compra de boletos al exterior, para la participación
en eventos de capacitación técnica fiscal de personal de la
Dirección General de Análisis y Seguimiento Presupuestario y
Económico y C$40,000.00 para la actividad de informe bi-anual
parlamentario de la Comisión de Producción Economía y Presupuesto y
C$7,190,254.00 (SIETE MILLONES CIENTO NOVENTA MIL DOSCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gastos de capital.
2. A la Corte Suprema de Justicia la suma de C$25,983,474.00
(VEINTICINCO MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
3. Al Consejo Supremo Electoral la suma de C$94,362,000.00 (NOVENTA
Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y DOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
4. A la Contraloría General de la República la suma de
C$7,858,000.00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$5,858,000.00 (CINCO MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$2,000,000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
5. A la Presidencia de la República la suma de C$24,990,580.00
(VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA MIL QUINIENTOS OCHENTA
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$14,008,745.00 (CATORCE MILLONES
OCHO MIL SETECIENTOS CUARENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden
a gasto corriente y C$10,981,835.00 (DIEZ MILLONES NOVECIENTOS
OCHENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
6. Al Ministerio de Gobernación la suma de C$74,880,251.00 (SETENTA
Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$47,859,660.00 (CUARENTA Y SIETE
MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS SESENTA
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$27,020,591.00
(VEINTISIETE MILLONES VEINTE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y UN CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital. Del monto total, se asigna a la Policía
Nacional la suma de C$37,328,738.00 (TREINTA Y SIETE MILLONES
TRESCIENTOS VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$23,087,376.00 (VEINTITRÉS MILLONES OCHENTA
Y SIETE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden
a gasto corriente y C$14,241,362.00 (CATORCE MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA Y UN MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
7. Al Ministerio de Relaciones Exteriores la suma de C$6,402,739.00
(SEIS MILLONES CUATROCIENTOS DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suma de
C$4,735,173.00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL
CIENTO SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
9. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio la suma de
C$11,203,000.00 (ONCE MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL CÓRDOBAS NETOS),
de los cuales C$6,203,000.00 (SEIS MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$5,000,000.00
(CINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
10. Al Ministerio de Educación la suma de C$5,000,000.00 (CINCO
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
11. Al Ministerio Agropecuario y Forestal la suma de
C$28,006,202.00 (VEINTIOCHO MILLONES SEIS MIL DOSCIENTOS DOS
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$13,231,612.00 (TRECE MILLONES
DOSCIENTOS TREINTA Y UN MIL SEISCIENTOS DOCE CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$14,774,590.00 (CATORCE MILLONES
SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS)
a gasto de capital.
12. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura la suma de
C$67,091,894.00 (SESENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y UN MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$1,261,030.00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL TREINTA
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$65,830,864.00
(SESENTA Y CINCO MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS
SESENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
13. Al Ministerio de Salud la suma de C$61,768,702.00 (SESENTA Y UN
MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DOS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
14. Al Ministerio del Trabajo la suma de C$2,093,531.00 (DOS
MILLONES NOVENTA Y TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN CÓRDOBAS NETOS)
en gasto corriente.
15. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales la suma
de C$1,000,000.00 (UN MILLÓN DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de
capital.
16. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez la suma de
C$503,532.00 (QUINIENTOS TRES MIL QUINIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital.
17. Al Ministerio de Energía y Minas la suma de C$33,913,642.00
(TREINTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS TRECE MIL SEISCIENTOS CUARENTA
Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$3,056,323.00 (TRES MILLONES
CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTITRÉS CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$30,857,319.00 (TREINTA MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS DIECINUEVE CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.
18. Al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y
Asociativa la suma de C$45,929,000.00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES
NOVECIENTOS VEINTINUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
19. Al Ministerio de la Mujer la suma de C$4,244,176.00 (CUATRO
MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20. Al Ministerio de la Juventud la suma de C$3,803,668.00 (TRES
MILLONES OCHOCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
21. A la Procuraduría General de la República la suma de
C$6,473,667.00 (SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y TRES MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
22. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de
C$1,029,476,493.00 (UN MIL VEINTE Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS
SETENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$669,790,022.00 (SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA MIL VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$359,686,471.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la siguiente
distribución y detalle:
22.1 A la Alcaldía de Managua la suma de C$16,991,862.00 (DIECISEIS
MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.2 A la Autoridad de El Gran Canal Interoceánico de la República
de Nicaragua la suma de C$837,330.00 (OCHOCIENTOS TREINTA Y SIETE
MIL TRESCIENTOS TREINTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.3 Al Banco de Fomento a la Producción la suma de C$741,000.00
(SETECIENTOS CUARENTA Y UN MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto de
capital, y para el Programa Usura Cero.
22.4 A Correos de Nicaragua la suma de C$9,100,000.00 (NUEVE
MILLONES CIEN MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
22.5 Al Consejo Nacional Contra el Crimen Organizado la suma de
C$1,473,075.00 (UN MILLÓN CUATRO-CIENTOS SETENTA Y TRES MIL SETENTA
Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
22.6 A Cooperativas de Transporte Urbano del municipio de Managua y
del municipio Ciudad Sandino la suma de C$27,500,000.00
(VEINTISIETE MILLONES QUINIEN-TOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
22.7 Al Consejo Nacional del Deporte, la Educación Física y la
Recreación Física la suma de C$22,756,569.00 (VEINTIDÓS MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$14,791,770.00 (CATORCE MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS SETENTA CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$7,964,799.00 (SIETE MILLONES
NOVECIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
Estos recursos de gasto corriente están destinados, entre otros
para apoyar la serie final del Campeonato Nacional de Béisbol
Superior Comandante Germán Pomares Ordoñez a disputarse entre los
equipos Bóer y Costa Caribe, Estudios Geológicos y Levantamiento
Topográfico en terreno de nuevo Estadio de Béisbol, Juegos
Deportivos Estudiantiles (Centroamericanos en Guatemala y
Centroamericanos y del Caribe en Colombia) y Equipamiento para
instalaciones deportivas y material deportivo para selecciones
nacionales.
22.8 Al Consejo Nacional del Café la suma de C$2,506,000.00 (DOS
MILLONES QUINIENTOS SEIS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
22.9 A la Corte Centroamericana de Justicia la suma de
C$4,836,588.00 (CUATRO MILLONES OCHOCIEN-TOS TREINTA Y SEIS MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.10 A la partida Comisiones Bancarias la suma de C$2,000,000.00
(DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), en gasto corriente.
22.11 A la Catedral Metropolitana de León la suma de C$1,000,000.00
(UN MILLON DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.12 A la Dirección General de Servicios Aduaneros la suma de
C$32,926,589.00 (TREINTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS VEINTISÉIS MIL
QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$15,023,000.00 (QUINCE MILLONES VEINTITRÉS MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$17,903,589.00 (DIECISIETE
MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS OCHENTA Y NUEVE CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.
22.13 A la Dirección General de Ingresos la suma de C$11,055,000.00
(ONCE MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$4,055,000.00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$7,000,000.00 (SIETE
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
22.14 A la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica la suma de
C$202,600,784.00 (DOSCIENTOS DOS MILLONES SEISCIENTOS MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), en gasto de
capital.
22.15 Al Fondo de Desarrollo Minero la suma de C$7,000,000.00
(SIETE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$4,550,000.00
(CUATRO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$2,450,000.00 (DOS MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
22.16 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal la suma de
C$3,845,897.00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto
corriente.
22.17 Al Fondo de Mantenimiento Vial la suma de C$46,903,518.00
(CUARENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS TRES MIL QUINIENTOS DIECIOCHO
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.18 Fundación Amigos del Zoológico Nicaragüense (FAZOONIC) la
suma de C$250,000.00 (DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
22.19 Foro Nicaragüense de la Cultura la suma de C$150,000.00
(CIENTO CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.20 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte la suma de
C$2,500,000.00 (DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
22.21 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Sur la suma de
C$1,029,095.00 (UN MILLÓN VEINTINUEVE MIL NOVENTA Y CINCO CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital.
22.22 A la Iglesia Catedral San Pedro de Matagalpa la suma de
C$200,000.00 (DOSCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
22.23 Al Instituto Nacional de Promoción de la Competencia la suma
de C$500,903.00 (QUINIENTOS MIL NOVECIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
22.24 Al Instituto Nacional de Defensa del Consumidor la suma de
C$1,000,000.00 (UN MILLÓN DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
22.25 Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales la suma
de C$7,233,841.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y TRES MIL
OCHOCIENTOS CUARENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.26 Al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal la suma de
C$11,968,115.00 (ONCE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL
CIENTO QUINCE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$6,095,465.00 (SEIS
MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$5,872,650.00 (CINCO
MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL SEISCIENTOS CINCUENTA
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
22.27 Al Instituto Nacional de Información de Desarrollo la suma de
C$2,836,193.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS TREINTA Y SEIS MIL CIENTO
NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.28 Al Instituto Nicaragüense de Cultura la suma de
C$2,147,000.00 (DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SIETE MIL CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
22.29 Al Instituto Nicaragüense de Turismo la suma de
C$13,702,000.00 (TRECE MILLONES SETECIENTOS DOS MIL CÓRDOBAS NETOS)
en gasto corriente.
22.30 Al Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura la suma
de C$1,510,000.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS DIEZ MIL CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
22.31 A Ordenamiento de la Propiedad la suma de C$165,454,600.00
(CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO
MIL SEISCIENTOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$128,454,600.00
(CIENTO VEINTIOCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
SEISCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$37,000,000.00 (TREINTA Y SIETE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
22.32 Al Parlamento Centroamericano la suma de C$264,000.00
(DOSCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CÓRDOBAS NETOS), en gasto
corriente.
22.33 A Pensiones Vitalicias a ex presidentes y ex vicepresidentes
la suma de C$145,961.00 (CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS
SESENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.34 A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos la
suma de C$5,470,283.00 (CINCO MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.35 A Subvenciones a Organizaciones sin fines de Lucro, Centro
Culturales y Deportivos la suma de C$6,900,000.00 (SEIS MILLONES
NOVECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, conforme a
Anexo N° II-A.
22.36 A Subvenciones a Iglesias, Templos, y Congregaciones
Religiosas la suma de C$2,925,000.00 (DOS MILLONES NOVECIENTOS
VEINTE Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente, conforme a
Anexo N°II-B.
22.37 A la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional de Prevención,
Mitigación y Atención de Desastres la suma de C$29,991,720.00
(VEINTINUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y UN MIL SETECIENTOS
VEINTE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.38 Al Subsidio al Consumo de Energía, Agua y Telefonía para
Jubilados la suma de C$5,588,221.00 (CINCO MILLONES QUINIENTOS
OCHENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
22.39 Al Subsidio de Energía en Asentamientos en Barrios
Económicamente Vulnerables la suma de C$227,734,105.00 (DOSCIENTOS
VEINTISIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO CINCO
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.40 A Radio Nicaragua la suma de C$1,665,133.00 (UN MILLÓN
SEISCIENTOS SESENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$1,445,133.00 (UN MILLÓN CUATRO-CIENTOS
CUARENTA Y CINCO MIL CIENTO TREINTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$220,000.00 (DOSCIENTOS VEINTE
MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
22.41 A la Partida Transferencia Municipal la suma de
C$98,602,360.00 (NOVENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS DOS MIL
TRESCIENTOS SESENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$22,229,844.00
(VEINTIDÓS MILLONES DOSCIENTOS VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS CUARENTA
Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$76,372,516.00 (SETENTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y DOS
MIL QUINIENTOS DIECISEIS CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital,
conforme el detalle por Alcaldía que se presenta en el Anexo N°
II-C.
22.42 A la Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas
por Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal la suma de
C$3,133,418.00 (TRES MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL
CUATROCIENTOS DIECIOCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.43 A la Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas
por Recaudación de Pesca y Acuicultura la suma de C$49,943.00
(CUARENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS)
en gasto corriente.
22.44 Al Tribunal Aduanero y Tributario Administrativo la suma de
C$845,681.00 (OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA
Y UN CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
22.45 A la Unidad de Análisis Financiero la suma de C$2,629,498.00
(DOS MILLONES SEISCIENTOS VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y
OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,097,460.00 (DOS MILLONES
NOVENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS SESENTA CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$532,038.00 (QUINIENTOS TREINTA Y
DOS MIL TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
22.46 A Universidades y Centros de Educación Técnica Superior la
suma de C$38,975,211.00 (TREINTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS
SETENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS ONCE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
II. Redúzcase las Partidas Presupuestarias de las Instituciones
señaladas a continuación, por los montos que se indican y cuyo
detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N°
III.
1. A la Presidencia de la República la suma de C$213,519.00
(DOSCIENTOS TRECE MIL QUINIENTOS DIECINUEVE CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
2. Al Ministerio de Gobernación la suma de C$5,000,000.00 (CINCO
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
3. Al Ministerio de Defensa la suma de C$182,999,036.00 (CIENTO
OCHENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL TREINTA Y
SEIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
4. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público la suma de
C$56,933,926.00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y
TRES MIL NOVECIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$7,478,071.00 (SIETE MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
SETENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$49,455,855.00 (CUARENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA
Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
5. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio la suma de
C$15,378,540.00 (QUINCE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$9,000,000.00
(NUEVE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$6,378,540.00 (SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
QUINIENTOS CUARENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
6. Al Ministerio Agropecuario y Forestal, en lo relativo a la
transferencia al Instituto Nicaragüense de Tecnología Agropecuaria,
la suma de C$32,326,000.00 (TREINTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS
VEINTISÉIS MIL CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$14,791,000.00
(CATORCE MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y UN MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$17,535,000.00 (DIECISIETE
MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
7. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura la suma de
C$33,304,362.00 (TREINTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS CUATRO MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$4,000,000.00 (CUATRO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$29,304,362.00 (VEINTINUEVE MILLONES TRESCIENTOS
CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
8. Al Ministerio de Salud la suma de C$57,041,447.00 (CINCUENTA Y
SIETE MILLONES CUARENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$23,900,000.00 (VEINTITRÉS MILLONES
NOVECIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$33,141,447.00 (TREINTA Y TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
9. Al Ministerio del Trabajo la suma de C$200,000.00 (DOSCIENTOS
MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
10. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez la suma de
C$43,676,488.00 (CUARENTA Y TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y
SEIS MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los
cuales C$37,372,888.00 (TREINTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS
SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$6,303,600.00 (SEIS MILLONES
TRESCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
11. Al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y
Asociativa la suma de C$35,470,102.00 (TREINTA Y CINCO MILLONES
CUATROCIENTOS SETENTA MIL CIENTO DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$20,466,668.00 (VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), corresponden a gasto
corriente y C$15,003,434.00 (QUINCE MILLONES TRES MIL CUATROCIENTOS
TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
12. A la Procuraduría General de la República la suma de
C$4,302,079.00 (CUATRO MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL SETENTA Y NUEVE
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
13. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones la suma de
C$212,529,252.00 (DOSCIENTOS DOCE MILLONES QUINIENTOS VEINTINUEVE
MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$96,021,128.00 (NOVENTA Y SEIS MILLONES VENTIUN MIL CIENTO
VEINTIOCHO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$116,508,124.00 (CIENTO DIESCISEIS MILLONES QUINIENTOS OCHO MIL
CIENTO VEINTICUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, conforme la
siguiente distribución y detalle:
13.1 Al Banco de Fomento a la Producción la suma de C$23,600,000.00
(VEINTITRÉS MILLONES SEISCIEN-TOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de
capital.
13.2 Al Fondo para Adquisición de Viviendas de Interés Social la
suma de C$35,429,000.00 (TREINTA Y CINCO MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTINUEVE MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
13.3 Al Fondo de Inversión Social de Emergencia la suma de
C$64,614,136.00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL
CIENTO TREINTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$1,896,326.00
(UN MILLÓN OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS VEINTISÉIS
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$62,717,810.00
(SESENTA Y DOS MILLONES SETECIENTOS DIECISIETE MIL OCHOCIENTOS DIEZ
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
13.4 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal la suma de
C$11,854,372.00 (ONCE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
13.5 Al Instituto Nacional Tecnológico la suma de C$28,190,314.00
(VEINTIOCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL TRESCIENTOS CATORCE
CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
13.6 Al Instituto Nicaragüense de la Mujer la suma de
C$3,614,176.00 (TRES MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CIENTO
SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
13.7 Al Instituto Nicaragüense de la Juventud la suma de
C$3,303,668.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS TRES MIL SEISCIENTOS
SESENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
13.8 Al Instituto Nacional de Información de Desarrollo la suma de
C$8,190,000.00 (OCHO MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CÓRDOBAS NETOS),
de los cuales C$6,190,000.00 (SEIS MILLONES CIENTO NOVENTA MIL
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$2,000,000.00
(DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
13. Al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural la suma de
C$4,000,000.00 (CUATRO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
13.10 Al Programa de Apoyo al Fortalecimiento de la Planificación
Estratégica y la Preinversión la suma de C$4,746,976.00 (CUATRO
MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
13.11 Transferencias a las Alcaldías y Comunidades Indígenas por
Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal la suma de
C$10,521,306.00 (DIEZ MILLONES QUINIENTOS VEINTIÚN MIL TRESCIENTOS
SEIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
13.12 A Universidades (Energía Eléctrica, Agua y Telefonía
Nacional) la suma de C$11,465,304.00 (ONCE MILLONES CUATROCIENTOS
SESENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
13.13 A la Unidad Administradora de Bienes Incautados, De-comisados
o Abandonados la suma de C$3,000,000.00 (TRES MILLONES DE CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
14. Al Servicio de la Deuda Pública la suma de C$222,600,000.00
(DOSCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES SEISCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente, conforme el detalle que se presenta en el Anexo N°
III-A.
III. Reasígnese las partidas presupuestarias
intra-institucionales por un monto de C$712,317,121.00 (SETECIENTOS
DOCE MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO VEINTIÚN CÓRDOBAS
NETOS), cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N°
IV.
Art. 3 Como consecuencia de las modificaciones del
Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de
Egresos, redúzcase el Déficit Presupuestario Global en la suma de
C$323,713,598.00 (TRESCIENTOS VEINTITRÉS MILLONES SETECIENTOS TRECE
MIL QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS).
Art. 4 Redúzcase en el Presupuesto General de la República
2013 el monto de C$272,823,714.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y DOS
MILLONES OCHOCIENTOS VEINTITRÉS MIL SETECIENTOS CATORCE CÓRDOBAS
NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad de
Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones, reducciones y
reasignaciones contenidas en el artículo 2 de esta Ley.
Art. 5 Increméntese la suma de C$18,186,547.00 (DIECIOCHO
MILLONES CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y SIETE
CÓRDOBAS NETOS) del Financiamiento Externo Neto, producto de
ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el
artículo 2 de esta Ley.
Art. 6 Reasígnese la amortización del Servicio de la Deuda
Pública por un monto de C$427,617,500.00 (CUATROCIENTOS VEINTISIETE
MILLONES SEISCIENTOS DIESCISIETE MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$417,517,500.00 (CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES
QUINIENTOS DIECISIETE MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
la Deuda Pública Interna y C$10,100,000.00 (DIEZ MILLONES CIEN MIL
CÓRDOBAS NETOS) a la Deuda Pública Externa, y cuyos montos y
detalle por acreedor se presentan en el Anexo N° V.
Art. 7 Increméntese el Financiamiento Interno Neto en un
monto de menos C$69,076,431.00 (SESENTA Y NUEVE MILLONES SETENTA Y
SEIS MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y UN CÓRDOBAS NETOS),
correspondiente a la amortización del servicio de la Deuda Pública
Interna, por absorción de deuda de la Empresa Administradora de
Aeropuertos Internacionales. Así mismo, se reduce en el
Financiamiento Interno Neto un monto de C$1,235,000,000.00 (UN MIL
DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) de emisión
de Bonos de la República de Nicaragua y también en el mismo monto
de C$1,235,000,000.00 (UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES
DE CÓRDOBAS NETOS), se reduce el Aumento de Disponibilidades del
presupuesto vigente.
Art. 8 Corríjase el Artículo 1, de la Ley No. 823, "Ley
Anual de Presupuesto General de la República 2013", el cual se
leerá así: "Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el
ejercicio presupuestario 2013 por un monto estimado de
C$46,261,744,616.00 (CUARENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UN
MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECISEIS
CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y de capital
que forman parte de la Ley".
Art. 9 Corríjase el primer párrafo del artículo 2 de la Ley
No. 823, "Ley Anual de Presupuesto General de la República 2013",
el cual se leerá así: "Apruébese el Presupuesto General de Egresos
para el ejercicio presupuestario 2013 en la suma de
C$48,404,443,092.00 (CUARENTA Y OCHO MIL CUATROCIENTOS CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVENTA Y DOS CÓRDOBAS
NETOS), distribuidos en C$36,207,507,214.00 (TREINTA Y SEIS MIL
DOSCIENTOS SIETE MILLONES QUINIENTOS SIETE MIL DOSCIENTOS CATORCE
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente y C$12,196,935,878.00 (DOCE MIL
CIENTO NOVENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital. La
distribución del Presupuesto General de Egresos será por
organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y
monto cuyo detalle es parte de la Ley."
Art. 10 Dentro del contexto del Programa Económico
Financiero 2013 y la reducción sostenible de la pobreza y para
apoyar el desarrollo económico y social del país, en el caso que el
Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional obtenga mayores
fuentes externas de financiamiento, se autoriza al Ministerio de
Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de
Egresos 2013, mediante crédito presupuestario adicional a los
organismos, así como su respectiva fuente de financiamiento, los
recursos a ser ejecutados provenientes de desembolsos de préstamos
internacionales debidamente aprobados por la Asamblea Nacional y
destinados a programas o proyectos, y cuyos montos no figuren en el
ejercicio presupuestario vigente. Igual procedimiento de
incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas
regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones
de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta el monto
equivalente al dos por ciento (2%) del Presupuesto General de
Egresos 2013 aprobado en el Artículo 2 de la Ley No. 823, Ley Anual
de Presupuesto General de la República 2013.
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá informar
mensualmente a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de
la Asamblea Nacional, a través de la Dirección General de Análisis
y Seguimiento Presupuestario y Económico, y a la Contraloría
General de la República, la suma confirmada de incorporación en los
créditos presupuestarios institucionales. La programación y
registro de la ejecución presupuestaria de estos recursos se harán
conforme al Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa
y Auditoria y de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución
y Control Presupuestario vigente.
Art. 11 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional a los veinticuatro días del mes de septiembre del año dos
mil trece. Ing. René Núñez Téllez, Presidente de la Asamblea
Nacional. Lic. Loria Raquel Dixon Brautigam, Secretaria por
la Ley de la Asamblea Nacional.
Por tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese. Managua, veintisiete de Septiembre del año dos mil
trece. Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua.
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