Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
-
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N°
784, "LEY ANUAL DE PRESUPUESTO GENERAL DE LA REPÚBLICA
2012"
LEY N°. 809, Aprobado el 19 de Septiembre de 2012
Publicado en La Gaceta No. 182 del 25 de Septiembre de 2012
El Presidente de la República de Nicaragua
A sus habitantes, Sabed:
Que,
LA ASAMBLEA
NACIONAL
Ha ordenado la siguiente:
LEY N°. 809
LEY DE MODIFICACIÓN A LA LEY N° 784, "LEY ANUAL DE PRESUPUESTO
GENERAL DE LA REPÚBLICA 2012"
Artículo 1 Increméntese el Presupuesto General de Ingresos
para el ejercicio presupuestario 2012 en la suma de
C$3,253,338,818.00 (TRES MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES
TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO CÓRDOBAS
NETOS), en concepto de ingresos corrientes y de capital, de acuerdo
a la distribución por fuentes de ingresos contenida en el Anexo N°
I.
Art. 2 Increméntese el Presupuesto General de Egresos para
el ejercicio presupuestario 2012 en la suma de C$1,748,099,628.00
(UN MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVENTA Y NUEVE MIL
SEISCIENTOS VEINTIOCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$1,133,419,465.00 (UN MIL CIENTO TREINTA Y TRES MILLONES
CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$614,680,163.00
(SEISCIENTOS CATORCE MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA MIL CIENTO
SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital, de conformidad a
las modificaciones de incrementos, reducciones y reasignaciones,
que a continuación se detallan:
I. Increméntese o asígnese, en su caso, las partidas
presupuestarias de los ministerios e instituciones siguientes, cuyo
detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N°
II.
1. A la Asamblea Nacional, la suma de C$19,000,000.00 (DIECINUEVE
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$12,000,000.00 (DOCE
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$7,000,000.00 (SIETE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
2. A la Corte Suprema de Justicia, la suma de C$69,923,985.00
(SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS VEINTITRÉS MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$32,881,985.00
(TREINTA Y DOS MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y UN MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$37,042,000.00 (TREINTA Y SIETE MILLONES CUARENTA Y DOS MIL
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
3. Al Consejo Supremo Electoral, la suma de C$170,000,000.00
(CIENTO SETENTA MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$154,200,000.00 (CIENTO CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS MIL
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$15,800,000.00
(QUINCE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
4. A la Contraloría General de la República, la suma de
C$1,982,123.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL CIENTO
VEINTITRÉS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
5. A la Presidencia de la República, la suma de C$11,761,245.00
(ONCE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y
CINCO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$2,121,613.00 (DOS MILLONES
CIENTO VEINTIÚN MIL SEISCIENTOS TRECE CÓRDOBAS NETOS) corresponden
a gasto corriente y C$9,639,632.00 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL SEISCIENTOS TREINTA DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
6. Al Ministerio de Gobernación, la suma de C$132,579,051.00
(CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS SETENTA NUEVE MIL
CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$100,457,775.00
(CIEN MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS
SETENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$32,121,276.00 (TREINTA Y DOS MILLONES CIENTO VEINTIÚN MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
7. Al Ministerio de Relaciones Exteriores, la suma de
C$132,279,196,00 (CIENTO TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS SETENTA
NUEVE MIL CIENTO NOVENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$129,136,335.00 (CIENTO VEINTINUEVE MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS
MIL TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden gasto
corriente y C$3,142,861.00 (TRES MILLONES CIENTO CUARENTA Y DOS MIL
OCHOCIENTOS SESENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
8. Al Ministerio de Defensa, la suma de C$100,695,250.00 (CIEN
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS CINCUENTA
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$74,002,885.00 (SETENTA Y CUATRO
MILLONES DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$26,692,365.00 (VEINTISÉIS
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
9. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la suma de
C$4,774,300.00 (CUATRO MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL
TRESCIENTOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$3,450,000.00 (TRES
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$1,324,300.00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS
VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
10. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, la suma de
C$7,136,873.00 (SIETE MILLONES CIENTO TREINTA Y SEIS MIL
OCHOCIENTOS SETENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$3,317,339.00 (TRES MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$3,819,534.00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE
MIL QUINIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
11. Al Ministerio Agropecuario y Forestal, la suma de
C$70,331,894.00 (SETENTA MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$20,331,894.00 (VEINTE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y UN MIL
OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$50,000,000.00 (CINCUENTA MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS)
a gasto de capital.
12. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la suma de
C$117,961,756.00 (CIENTO DIECISIETE MILLONES NOVECIENTOS SESENTA Y
UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$7,626,434.00 (SIETE MILLONES SEISCIENTOS VEINTISÉIS MIL
CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$110,335,322.00 (CIENTO DIEZ MILLONES TRESCIENTOS
TREINTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
13. Al Ministerio de Salud, la suma de C$190,851,998.00 (CIENTO
NOVENTA MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS NOVENTA
Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
14. Al Ministerio del Trabajo, la suma de C$1,456,226.00 (UN MILLÓN
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS VEINTISÉIS CÓRDOBAS
NETOS) en Gasto corriente.
15. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, la suma
de C$5,912,635.00 (CINCO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL SEISCIENTOS
TREINTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
16. Al Ministerio de la Familia, Adolescencia y Niñez, la suma de
C$78,652,090.00 (SETENTA Y OCHO MILLONES SEISCIENTOS CINCUENTA Y
DOS MIL NOVENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$74,603,027.00
(SETENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS TRES MIL VEINTISIETE
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$4,049,063.00
(CUATRO MILLONES CUARENTA Y NUEVE MIL SESENTA Y TRES CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.
17. Al Ministerio de Energía y Minas, la suma de C$11,181,296.00
(ONCE MILLONES CIENTO OCHENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SEIS
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
18. Al Ministerio de Economía Familiar, Comunitaria, Cooperativa y
Asociativa, la suma de C$271,477,190.00 (DOSCIENTOS SETENTA Y UN
MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CIENTO NOVENTA CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$123,171,300.00 (CIENTO VEINTITRÉS MILLONES
CIENTO SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$148,305,890.00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MILLONES
TRESCIENTOS CINCO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
19. A la Procuraduría General de la República, la suma de
C$5,366,448.00 (CINCO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$5,194,193.00 (CINCO MILLONES CIENTO NOVENTA Y CUATRO MIL CIENTO
NOVENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$172,255.00 (CIENTO SETENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
20. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones, la suma de
C$1,243,111,531.00 (UN MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES
CIENTO ONCE MIL QUINIENTOS TREINTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), de los
cuales C$406,622,788.00 (CUATROCIENTOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS
VEINTIDÓS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$836,488,743.00 (OCHOCIENTOS
TREINTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL
SETECIENTOS CUARENTA Y TRES CÓRDOBAS. NETOS) a gasto de capital,
conforme la siguiente distribución y detalle:
20. 1 Al Instituto Nacional de Información y Desarrollo, la suma
deC$2,034,108.00 (DOS MILLONES TREINTA Y CUATRO MIL CIENTO OCHO
CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$126,959.00 (CIENTO VEINTISÉIS MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente C$1,907,149.00 (UN MILLÓN NOVECIENTOS SIETE MIL CIENTO
CUARENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital. TO:
20.2 Al Instituto Nicaragüense de la Juventud, la suma de
C$1,491,391.00 (UN MILLÓN CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN MIL
TRESCIENTOS NOVENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$333,939.00 (TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA Y
NUEVE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$1,157,452.00 (UN MILLÓN CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
20.3 Al Instituto Nicaragüense de la Mujer, la suma de C$510,584.00
(QUINIENTOS DIEZ MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
20.4 Al Fondo de Inversión Social de Emergencia, la suma de
C$28,747,260.00 (VEINTIOCHO MILLONES SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE
MIL DOSCIENTOS SESENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$21,852,196.00 (VEINTIÚN MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL
CIENTO NOVENTA SEIS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente
y C$6,895,064.00 (SEIS MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL
SESENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
20.5 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte, la suma de
C$4,581,153.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS OCHENTA UN MIL CIENTO
CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto de corriente.
20.6 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Sur, la suma de
C$8,973,821.00 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y TRES MIL
OCHOCIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS) en gasto de corriente.
20.7 Al Banco de Fomento a la Producción, la suma de
C$13,200,000.00 (TRECE MILLONES DOSCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$9,421,200.00 (NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS VEINTIÚN
MIL DOSCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$3,778,800.00 (TRES MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y OCHO MIL
OCHOCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
20.8 A Correos de Nicaragua, la suma de C$13,018,000.00 (TRECE
MILLONES DIECIOCHO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.9 A la Procuraduría para la Defensa de los Derechos Humanos, la
suma de C$388,720.00 (TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS
VEINTE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$339,363.00 (TRESCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS)
corresponde a gasto corriente y C$49,357.00 (CUARENTA Y NUEVE MIL
TRESCIENTOS CINCUENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
20.10 Al Ordenamiento de la Propiedad, la suma de C$51,145,887.00
(CINCUENTA Y UN MILLONES CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$47,224,887.00
(CUARENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS
OCHENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$3,921,000.00 (TRES MILLONES NOVECIENTOS VEINTIÚN MIL CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.
20.11 Al Programa de Apoyo al Fortalecimiento de la Planificación
Estratégica y la Pre inversión (BID- 1545/NI), la suma de
C$90,000.00 (NOVENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
20.12 A Pensiones Vitalicias a Ex presidentes y Ex vicepresidentes,
la suma de C$2,385,362.00 (DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO
MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.13 Al Consejo Nacional del Deporte, la Educación Física y la
Recreación Física, la suma de C$23,431,930.00 (VEINTITRÉS MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL NOVECIENTOS TREINTA CÓRDOBAS NETOS)
en gasto corriente, destinados al Campeonato Nacional de Béisbol
Superior Comandante Germán Pomares Ordoñez y Serie semifinal 2012
Bóer Vs. Costa Caribe.
20.14 A la partida Subsidio al Consumo de Energía, Agua y Telefonía
para Jubilados, la suma de C$16,000,000.00 (DIECISÉIS MILLONES DE
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.15 Al Fondo de Desarrollo Minero, la suma de C$11,955,269.00
(ONCE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SESENTA
Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.16 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal, la suma de
C$1,663,564.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS SESENTA Y TRES MIL QUINIENTOS
SESENTA Y CUATRO CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.17 A la Empresa Portuaria Nacional la suma de C$10,000,000.00
(DIEZ MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
20.18 Al Instituto Nacional Tecnológico, la suma de C$144,551.00
(CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS
NETOS) en gasto de capital.
20.19 A la Comisión Nacional de Zonas Francas, la suma de
C$2,812,950.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS
CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.20 Al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, la suma de
C$642,090.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVENTA CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
20.21 Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, la suma
de C$7,456,770.00 (SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MIL SETECIENTOS SETENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.22 A la Dirección General de Servicios Aduaneros, la suma de
C$8,996,204.00 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL
DOSCIENTOS CUATRO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$6,442,881.00
(SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA
Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto corriente y C$2,553,323.00
(DOS MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS
VEINTITRÉS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
20.23 Al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural, la suma de
C$91,916,323.00 (NOVENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS DIECISÉIS MIL
TRESCIENTOS VEINTITRÉS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$1,646,323.00 (UN MILLÓN SEISCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL
TRESCIENTOS VEINTITRÉS CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto
corriente y C$90,270,000.00 (NOVENTA MILLONES DOSCIENTOS SETENTA
MIL CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
20.24 A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados
Sanitarios, la suma de C$10,775,000.00 (DIEZ MILLONES SETECIENTOS
SETENTA Y CINCO MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
20.25 Al Instituto Nicaragüense de Cultura, la suma de C$915,026.00
(NOVECIENTOS QUINCE MIL VEINTISÉIS CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.26 A la Empresa Nacional de Transmisión Eléctrica, la suma de
C$169,998,272.00 (CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS
NOVENTA Y OCHO MIL DOSCIENTOS SETENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los
cuales C$2,777,403.00 (DOS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MIL
CUATROCIENTOS TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponde a gasto corriente y
C$167,220,869.00 (CIENTO SESENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTE
MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
20. 27 A la Partida Transferencia Municipal, la suma de
C$260,697,338.00 (DOSCIENTOS SESENTA MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y
SIETE MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), para gasto de
capital, conforme el detalle por Alcaldía que se presenta en el
Anexo N° II-A. Estos créditos presupuestarios se entregarán a las
correspondientes alcaldías en un sólo desembolso, cumpliendo con
los requisitos establecidos en la Ley Anual de Presupuesto General
de la República 2012.
20.28 A la Alcaldía de Managua, la suma de C$138.554,111.00 (CIENTO
TREINTA Y OCHO MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL CIENTO
ONCE CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital.
20.29 A la Transferencia a las Alcaldías por Recaudaciones de
Exploración y Explotación Minera, la suma de C$7,090,632.00 (SIETE
MILLONES NOVENTA MIL SEISCIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
20.30 A la Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas
por Recaudación de Pesca, la suma de C$54,420.00 (CINCUENTA Y
CUATRO MIL CUATROCIENTOS VEINTE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.31 A la Transferencia a las Alcaldías y Comunidades Indígenas
por Recaudación de Aprovechamiento y Servicio Forestal, la suma de
C$8,096,269.00 (OCHO MILLONES NOVENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS SESENTA
Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.32 A la Transferencia a las Alcaldías por Recaudación del
Impuesto .Selectivo de Consumo (ISC-IMI), la suma de
C$15,949,390.00 (QUINCE MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL
TRESCIENTOS NOVENTA CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.33 A la partida Subvenciones y Organizaciones sin fines de
lucro, Centros Culturales y Deportivos, la suma de C$18,500,000.00
(DIECIOCHO MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente, conforme el detalle que se presenta en el Anexo II-B y
II-C. Estos créditos presupuestarios se entregarán en un sólo
desembolso, bajo las condiciones determinadas en los anexos
respectivos a más tardar en la última semana del mes de octubre del
corriente año.
20.34 Al Tribunal Aduanero y Tributario Administrativo, la suma de
C$6,644,279.00 (SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.35 Al Consejo Nacional del Café, la suma de C$2,703,000.00 (DOS
MILLONES SETECIENTOS TRES MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.36 Al Parlamento Centroamericano, la suma de C$714,400.00
(SETECIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.37 Al Foro Nicaragüense de Cultura, la suma de C$250,000.00
(DOSCIENTOS CINCUENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.38 A la Fundación La Verde Sonrisa, la suma de C$1,500,000.00
(UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.39 A la partida Comisiones Bancarias, la suma de C$1,260,000.00
(UN MILLÓN DOSCIENTOS SESENTA MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.40 A Cooperativas de Transporte Urbano Colectivo del Municipio
de Managua y Municipio de Ciudad Sandino, la suma de
C$50,000,000.00 (CINCUENTA MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.41 A la Empresa Administradora de Aeropuertos Internacionales,
la suma de C$82,407,500.00 (OCHENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS
SIETE MIL QUINIENTOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
20.42 A la Asignación a Zoológicos y Cuerpos de Bomberos (Ley No.
742), la suma de C$29,750.00 (VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS CINCUENTA
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.43 A Universidades y Centros de Educación Técnica Superior, la
suma de C$104,885,978.00 (CIENTO CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS
OCHENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
20.44 Al Instituto Tecnológico Nacional, la suma de C$433,000.00
(CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
20.45 A la Empresa Nicaragüense de Electricidad, la suma de
C$56,067,229.00 (CINCUENTA Y SEIS MILLONES SESENTA Y SIETE MIL
DOSCIENTOS VEINTINUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
20.46 A PRONICARAGUA/PNUD, la suma de C$2,000,000.00 (DOS MILLONES
DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
20.47 A la Autoridad de El Gran Canal Interoceánico de Nicaragua,
la suma de C$2,000.000.00 (DOS MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
II. Redúzcase las partidas presupuestarias de las instituciones
señaladas a continuación por los montos que se indican y cuyo
detalle y fuente de financiamiento se presenta en el Anexo N°
III.
1. Al Ministerio de Gobernación, la suma de C$23,193,758.00
(VEINTITRÉS MILLONES CIENTO NOVENTA Y TRES MIL SETECIENTOS
CINCUENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$17,290,000.00
(DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$5,903,758.00 (CINCO MILLONES
NOVECIENTOS TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a
gasto de capital.
2. Al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la suma de
C$64,569,128.00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS SESENTA Y
NUEVE MIL CIENTO VEINTIOCHO CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$300,000.00 (TRESCIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$64,269,128.00 (SESENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS
SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTIOCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
3. Al Ministerio de Fomento, Industria y Comercio, la suma de
C$25,429,921.00 (VEINTICINCO MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL
NOVECIENTOS VEINTIÚN CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$18,226,543.00
(DIECIOCHO MILLONES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y
TRES CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$7,203,378.00 (SIETE MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
4. Al Ministerio Agropecuario y Forestal, la suma de
C$97,719,742.00 (NOVENTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS DIECINUEVE
MIL SETECIENTOS CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$45,027,491.00 (CUARENTA Y CINCO MILLONES VEINTISIETE MIL
CUATROCIENTOS NOVENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$52,692,251.00 (CINCUENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS
NOVENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS) a gasto
de capital.
5. Al Ministerio de Transporte e Infraestructura, la suma de
C$19,631,479.00 (DIECINUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y UN MIL
CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$11,500,000.00 (ONCE MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$8,131,479.00 (OCHO MILLONES
CIENTO TREINTA Y UN MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS
NETOS) a gasto de capital.
6. Al Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales, la suma
de C$2,204,000.00 (DOS MILLONES DOSCIENTOS CUATRO MIL CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
7. Al Ministerio de Energía y Minas, la suma de C$227,662,250.00
(DOSCIENTOS VEINTISIETE MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y DOS MIL
DOSCIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS), de los cuales C$10,500,000.00
(DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto
corriente y C$217,162,250.00 (DOSCIENTOS DIECISIETE MILLONES CIENTO
SESENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
8. A la Partida de Asignaciones y Subvenciones, la suma de
C$437,925,181.00 (CUATROCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES
NOVECIENTOS VEINTICINCO MIL CIENTO OCHENTA Y UN CÓRDOBAS NETOS), de
los cuales C$205,434,395.00 (DOSCIENTOS CINCO MILLONES
CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO
CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y C$232,490,786.00
(DOSCIENTOS TREINTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL
SETECIENTOS OCHENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital,
conforme la siguiente distribución y detalle:
8.1 Al Gobierno Regional Autónomo Atlántico Norte, la suma de
C$3,000,000.00 (TRES MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) engasto
corriente.
8.2 Al Banco de Fomento a la Producción, la suma de C$
12,000,000.00 (DOCE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$5,000,000.00 (CINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$7,000,000.00 (SIETE MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS)
a gasto de capital.
8.3 A Universidades (Energía Eléctrica, Agua y Telefonía Nacional),
la suma de C$18,351,963.00 (DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS
CINCUENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en
gasto corriente.
8.4 Al Subsidio de Energía en Asentamientos en Barrios
Económicamente Vulnerables, la suma de C$55,000,000.00 (CINCUENTA Y
CINCO MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8.5 Al Programa de Apoyo al Fortalecimiento de la Planificación
Estratégica y la Pre inversión, la suma de C$2,000,000.00 (DOS
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8.6 Al Instituto Nacional Tecnológico, la suma de C$8,503,805.00
(OCHO MILLONES QUINIENTOS TRES MIL OCHOCIENTOS CINCO CÓRDOBAS
NETOS) de los cuales C$7,864,042.00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS
SESENTA Y CUATRO MIL CUARENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) corresponden a
gasto corriente y C$639,763.00 (SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL
SETECIENTOS SESENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
8.7 Al Instituto Nicaragüense de la Pesca y Acuicultura, la suma de
C$10,728,000.00 (DIEZ MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$8,928,756.00 (OCHO MILLONES NOVECIENTOS
VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SEIS CÓRDOBAS NETOS)
corresponden a gasto corriente y C$1,799,244.00 (UN MILLÓN
SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
8.8 Al Instituto Nicaragüense de Fomento Cooperativo, la suma de
C$1,553,953.00 (UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y TRES CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
8.9 Al Instituto Nicaragüense de Apoyo a la Pequeña y Mediana
Empresa, la suma de C$2,611,700.00 (DOS MILLONES SEISCIENTOS ONCE
MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8.10 Al Fondo Nacional de Desarrollo Forestal, la suma de
C$2,824,000.00 (DOS MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
8.11 Al Instituto de la Vivienda Urbana y Rural, la suma de
C$57,392,932.00 (CINCUENTA Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y
DOS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS) en gasto de
capital.
8.12 Al Instituto Nicaragüense de Turismo, la suma de
C$9,985,362.00 (NUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL
TRESCIENTOS SESENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$9,630,985.00 (NUEVE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA MIL NOVECIENTOS
OCHENTA Y CINCO CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente y
C$354,377.00 (TRESCIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
8.13 Al Instituto Nicaragüense de Fomento Municipal, la suma de
C$1,000,000.00 (UN MILLÓN DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto de
capital.
8.14 la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones
Financieras, la suma de C$7,000,000.00 (SIETE MILLONES DE CÓRDOBAS
NETOS), de los cuales C$3,000,000.00 (TRES MILLONES DE CÓRDOBAS
NETOS) corresponden a gasto corriente y C$4,000,000.00 (CUATRO
MILLONES DE CÓRDOBAS NETOS) a gasto de capital.
8.15 A la Empresa Nicaragüense de Acueductos y Alcantarillados
Sanitarios, la suma de C$23,500,000.00 (VEINTITRÉS MILLONES
QUINIENTOS MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto de capital.
8.16 Al Instituto Nicaragüense de Estudios Territoriales, la suma
de C$1,848,000.00 (UN MILLÓN OCHOCIENTOS CUARENTA Y OCHO MIL
CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8.17 Al Instituto de Desarrollo Rural, la suma de C$205,272,487.00
(DOSCIENTOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CÓRDOBAS NETOS), de los cuales
C$68,468,017.00 (SESENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS SESENTA Y
OCHO MIL DIECISIETE CÓRDOBAS NETOS) corresponden a gasto corriente
y C$136,804,470.00 (CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS
CUATRO MIL CUATROCIENTOS SETENTA CÓRDOBAS NETOS) a gasto de
capital.
8.18 A la Unidad Administradora de Bienes Incautados, Decomisados o
Abandonados, la suma de C$4,500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS
MIL CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8.19 Al Tribunal Tributario Administrativo, la suma de
C$4,644,279.00 (CUATRO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL
DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE CÓRDOBAS NETOS) en gasto
corriente.
8.20 Al Tribunal Aduanero, la suma de C$6,000,000.00 (SEIS MILLONES
DE CÓRDOBAS NETOS) en gasto corriente.
8.21 A la Secretaria de Integración Económica Centroamericana, la
suma de C$208,700.00 (DOSCIENTOS OCHO MIL SETECIENTOS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente.
III. Reasígnese las partidas presupuestarias
intra-institucionales por un monto de C$937,716,508.00 (NOVECIENTOS
TREINTA Y SIETE MILLONES SETECIENTOS DIECISÉIS MIL QUINIENTOS OCHO
CÓRDOBAS NETOS), cuyos montos y detalle se presentan en el Anexo N°
IV.
Art. 3 Como consecuencia de las modificaciones del
Presupuesto General de Ingresos y del Presupuesto General de
Egresos, redúzcase el Déficit Fiscal en la suma de
C$1,505,239,190.00 (UN MIL QUINIENTOS CINCO MILLONES DOSCIENTOS
TREINTA Y NUEVE MIL CIENTO NOVENTA CÓRDOBAS NETOS)
Art. 4 Redúzcase en el Presupuesto General de la República
2012 el monto de C$441,846,910.00 (CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN
MILLONES OCHOCIENTOS CUARENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS DIEZ CÓRDOBAS
NETOS) en el concepto de donaciones externas, de la Necesidad de
Financiamiento Neto, producto de las ampliaciones, reducciones y
reasignaciones contenidas en el Arto. 2 de esta Ley.
Art. 5 Redúzcase la suma de C$79,666,172.00 (SETENTA Y NUEVE
MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL CIENTO SETENTA Y DOS
CÓRDOBAS NETOS) del Financiamiento Externo Neto, producto de
ampliaciones, reducciones y reasignaciones contenidas en el
artículo 2 de esta Ley, así como del incremento de la amortización
del Servicio de la Deuda Pública Externa contenido en el detalle
del Anexo N° V.
Art. 6 Reasígnese la amortización del Servicio de la Deuda
Pública Interna por un monto de C$653,453,092.00 (SEISCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL
NOVENTA Y DOS CÓRDOBAS NETOS), cuyos montos y detalle se presentan
en el Anexo N° VI.
Art. 7 Increméntese la suma de C$983,726,108.00 (NOVECIENTOS
OCHENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS VEINTISÉIS MIL CIENTO OCHO
CÓRDOBAS NETOS) del Financiamiento Interno Neto, desglosado en
C$340,027,508.00 (TRESCIENTOS CUARENTA MILLONES VEINTISIETE MIL
QUINIENTOS OCHO CÓRDOBAS NETOS) correspondiente a amortización del
servicio de la deuda pública interna, de conformidad con el detalle
en Anexo N° V, y C$643,698,600.00 (SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES
MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS CÓRDOBAS NETOS)
en aumento de disponibilidades en el Banco Central de
Nicaragua.
Art. 8 Modifíquese el artículo 1, de la Ley N° 784, "Ley
Anual de Presupuesto General de la República 2012", el cual se
leerá así: "Apruébese el Presupuesto General de Ingresos para el
ejercicio presupuestario 2012 por un monto estimado de
C$40,864,456,230.00 (CUARENTA MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL DOSCIENTOS TREINTA
CÓRDOBAS NETOS), que corresponde a ingresos corrientes y de capital
que forman parte de la Ley".
Art. 9 Modifíquese el primer párrafo del artículo 2, de la
Ley N° 784, "Ley Anual de Presupuesto General de la República
2012", el cual se leerá así: "Apruébese el Presupuesto General de
Egresos para el ejercicio presupuestario 2012 en la suma de
C$44,004,864,040.00 (CUARENTA Y CUATRO MIL CUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO MIL CUARENTA CÓRDOBAS NETOS),
distribuidos en C$33,621,613,402.00 (TREINTA Y TRES MIL SEISCIENTOS
VEINTIÚN MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS DOS CÓRDOBAS
NETOS) en gasto corriente y C$10,383,250,638.00 (DIEZ MIL
TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL
SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO CÓRDOBAS NETOS) para gasto de capital.
La distribución del Presupuesto General de Egresos será por
organismos, programa, proyecto y grupo de gastos en la forma y
monto cuyo detalle es parte de esta Ley."
Art. 10 Dentro del contexto del Programa de Servicio para el
Crecimiento y Lucha Contra la Pobreza (SCLP) y para apoyar la
recuperación económica, en el caso que el país consiga mayores
fuentes externas de financiamiento, se autoriza al Ministerio de
Hacienda y Crédito Público a incorporar al Presupuesto General de
Egresos 2012, mediante crédito presupuestario adicional a los
organismos, así como su respectiva fuente de financiamiento, los
recursos a ser ejecutados provenientes de desembolsos de préstamos
internacionales debidamente aprobados por la Asamblea Nacional y
destinados a programas y/o proyectos, y cuyos montos no figuren en
el ejercicio presupuestario vigente. Igual procedimiento de
incorporación se aplicará a las operaciones de donaciones externas
regidas a través de convenios de cooperación. Estas incorporaciones
de desembolsos de préstamos y de donaciones serán hasta por el
monto equivalente al dos por ciento del Presupuesto General de
Egresos 2012 aprobado en el artículo 2 de la Ley N° 784, "Ley Anual
de Presupuesto General de la República 2012".
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público deberá informar
mensualmente a la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto de
la Asamblea Nacional, a través de la Dirección General de Análisis
y Seguimiento al Gasto Público, y a la Contraloría General de la
República, la suma confirmada de incorporación en los créditos
presupuestarios institucionales. La programación y registro de la
ejecución presupuestaria de estos recursos se harán conforme al
Sistema Integrado de Gestión Financiera, Administrativa y Auditoria
y de acuerdo a las Normas y Procedimientos de Ejecución y Control
Presupuestario vigente.
Art. 11 La presente Ley entrará en vigencia a partir de su
publicación, por cualquier medio de comunicación social escrito,
sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional de la República de Nicaragua, a los diecinueve días del
mes de septiembre del año dos mil doce. Ing. René Núñez
Téllez, Presidente de la Asamblea Nacional. Lic. Alba
Palacios Benavidez, Secretaria de la Asamblea Nacional.
Por Tanto. Téngase como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese. Managua, veintiuno de Septiembre del año dos mil doce.
Daniel Ortega Saavedra, Presidente de la República de
Nicaragua.
-