Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Leyes
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LEY DE AMNISTIA PARA MISKITOS,
SUMOS, RAMAS Y CREOLES
LEY No. 4, Aprobada el 29 de Abril de 1985
Publicado en La Gaceta No. 93 del 20 de Mayo de 1985
EL PRESIDENTE EN FUNCIONES DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Considerando:
I
Que el Gobierno de Nicaragua ha manifestado reiteradamente su
voluntad de paz, con el ánimo de lograr la tranquilidad y la unidad
del pueblo de Nicaragua.
II
Que dicha voluntad de paz y de unidad se concretó con el Decreto de
Amnistía aprobado el 1° de Diciembre de 1983, con el que se
beneficiaron muchos miembros de estas comunidades.
III
Que el Gobierno de Nicaragua cumpliendo con su compromiso que
conlleva el restablecimiento de la paz y con el objeto de concretar
de esta manera acuerdos logrados con los dirigentes de
MISURASATA.
En uso de sus facultades,
HA DICTADO:
La siguiente:
Artículo 1.-Se concede Amnistía a los ciudadanos
nicaragüenses de origen miskito, sumo, rama y creoles que hayan
cometido delito contra el Orden y Seguridad Pública y cualquier
otro delito conexo, que actualmente se encuentren guardando
prisión.
Artículo 2.-Las autoridades Judiciales y Penitenciarias ,
desde la publicación de la presente Ley deberán poner de inmediato,
en libertad a las personas favorecidas con la Amnistía.
Artículo 3.-La presente ley, a fin, de que sea conocida por
los grupos étnicos a que se refiere deberá ser traducida a sus
respectivas lenguas y leídas en sus comunidades y entrará en
vigencia a partir de su publicación por cualquier medio de
comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación
en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Nacional, a los
veintinueve días del mes de Abril de mil novecientos ochenta y
cinco. - "Por la Paz Todos contra la Agresión".-(f).-CARLOS
NUÑEZ TELLEZ, Presidente de la Asamblea Nacional.-(f) RAFAEL
SOLIS CERDA, Secretario de la Asamblea Nacional.
POR TANTO:
Téngase como Ley de la República. -Publíquese y Ejecútese.- Managua
veintinueve de Abril de mil novecientos ochenta y cinco .- "Por la
Paz, Todos contra la Agresión".-SERGIO RAMIREZ
MERCADO.-Presidente de la República en Funciones.
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