Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Seguridad y Defensa Nacional
Rango: Leyes
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LEY DE ADICIÓN A LA LEY
523
LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES MILITARES
LEY No. 567, Aprobada el 25 de Noviembre del 2005
Publicada en La Gaceta No. 244 del 19 de Diciembre del 2005
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
Hace saber al pueblo nicaragüense que:
LA ASAMBLEA NACIONAL DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
En uso de sus facultades;
HA DICTADO
La siguiente:
LEY DE ADICIÓN A LA LEY 523
LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES MILITARES
Artículo 1.- Se adiciona a continuación del artículo 105 un
artículo que se leerá así:
Arto. 105 Bis.
Se reestablece la Vacattio Legis de la Ley 523, Ley Orgánica de
Tribunales Militares, en consecuencia entrará en vigencia,
inmediatamente después de la entrada en vigencia del Código de
Procedimiento Penal Militar manteniéndose la vigencia de los
artículos 66, 67, 68, 69 y 101.
Artículo 2.- La presente Ley de Adición de la Ley Orgánica
de Tribunales Militares entrará en vigencia a partir de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, en la Sala de Sesiones de la Asamblea
Nacional, a los veinticinco días del mes de Noviembre del año dos
mil cinco. RENÉ NÚÑEZ TÉLLEZ, Presidente de la Asamblea
Nacional. - MARÍA AUXILIADORA ALEMÁN ZEAS, Secretaria de la
Asamblea Nacional.
Por tanto: Téngale como Ley de la República. Publíquese y
Ejecútese. Managua, dieciséis de diciembre del año dos mil cinco.
Enrique Bolaños Geyer, Presidente de la República de
Nicaragua.
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