Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Leyes
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(ERÍJASE MONUMENTO HISTÓRICO A
RAFAELA HERRERA)
DECRETO No. 546. Aprobado el 20 de Diciembre de 1946
Publicado en La Gaceta No. 10 del 17 de Enero de 1947
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
LA CÁMARA DE
DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- Eríjase un monumento histórico nacional en la
capital de la República, en conmemoración a la heroína Rafaela
Herrera.
Artículo 2.- Reconstrúyase por cuenta del Estado el antiguo
Castillo de La Concepción, hoy Castillo Viejo, para mantenerlo como
reliquia histórica nacional.
Artículo 3.- Autorizase al Ejecutivo para que vote la suma
necesaria para la realización de esta obra y la incluya en el
próximo Presupuesto General de Gastos.
Artículo 4.- El Poder Ejecutivo reglamentará la presente ley
para su conveniente, estricto y debido cumplimiento.
Artículo 5.- Esta ley empezará a regir desde su publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.-Managua, D.
N., 20 de Diciembre de 1946.- C. A. Bendaña, D. P.- J.
Crist. Rodríguez, D. S.- R. González Dubón, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.-Managua, D. N., veinte de
Diciembre de mil novecientos cuarenta y seis.- Onofre
Sandoval, S. P.- J. Solórzano Díaz, S. S.- Alejandro
Astacio, S. S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., veinte
de Diciembre de mil novecientos cuarenta y seis.- A. SOMOZA,
Presidente de la República.- C. A. Morales, Ministro de la
Gobernación y Anexos.
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