Elevase A Categoria De Ciudad Al Pueblo De La Paz Centro

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Municipal Rango: Leyes - ELEVASE A CATEGORIA DE CIUDAD AL PUEBLO DE LA PAZ CENTRO Ley No. 1632 de 24 de Octubre de 1969 Publicado en La Gaceta No. 253 de 4 de Noviembre de 1969 El Presidente de la República, y sus habitantes Sabed: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua, Decretan: Artículo 1.-Elévase a la categoría de ciudad, el actual pueblo de La Paz Centro, del Departamento de León, para que goce de todos los privilegios que se conceden a todas las ciudades. Articulo 2.-Esta Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en la Gaceta, Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.N., 15 de octubre de 1969.- Orlando Montenegro M., D.P.- César Acevedo Q., D.S.- Olga N. De Saballos, D.S. Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado. Managua, D. N., 23 de Octubre de 1969.- Humberto Castrillo M., S. P.- Pablo Rener, S. S.- Ernesto Chamorro P.,S. S. Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua D. N., veinticuatro de octubre de mil novecientos sesenta y nueve.- A. SOMOZA, Presidente de la República.- M. Buitrago Aja, Ministro de Gobernación -