Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Leyes
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(DELIMITACIÓN DE LOS PLANES DE
ARBITRIOS)
Aprobado el 23 de Marzo de 1911
Publicado en La Gaceta No. 231 del 22 de Abril de 1911
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,
En uso de las facultades que le confiere el artículo 2 de la Ley
Provisional de Garantías,
DECRETA:
1º- Limitar a las respectivas poblaciones y su jurisdicción los
impuestos establecidos por planes de arbitrios o leyes municipales,
para que por ningún motivo se extiendan aquellos a las demás del
Departamento o de la República.
2º- Quedan reformados en este sentido los planes de arbitrios
vigentes.
3º- Esta ley comenzará a regir desde su publicación en el Diario
Oficial.
Dado en el Palacio Nacional Managua, veintitrés de marzo de mil
novecientos once.- JUAN J. ESTRADA.- El Ministro de la
Gobernación, J. M. MONCADA.
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