Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Leyes
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DECRETO SOBRE INVERSIONES
EXTRANJERAS
DECRETO No. 446. Aprobado el 24 de Septiembre de 1959
Publicado en La Gaceta No. 251 del 5 de Noviembre de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Ha sus Habitantes
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente
DECRETO No. 446
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL
SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETAN:
Artículo 1.- En los casos del párrafo dos del Arto. 3 de la
Ley sobre Inversionistas y las personas que negocien con ellos la
adquisición de las viviendas, celebrar contratos en los cuales
dichas personas pacten con el inversionista, la obligación de pagar
las cuotas de amortización relacionadas con el mencionado negocio
con la suma de córdobas que sea necesaria, para producir la misma
cantidad de dólares de los Estados Unidos de América que esas
cuotas podrían haber producido en la fecha de celebración el
contrato.
Artículo 2.- La presente Ley es reformatoria de cualquier
disposición que se le oponga y principiará a regir desde su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. - Managua,
D. N., 24 de Septiembre de 1959.
J. J. MORALES MARENCO
D. P.
J. CASTILLO A., A. MARTINEZ
D. S. D. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D. N., 1 de Octubre
de 1959
LEONARDO SOMARRIBA
S. P.
PABLO RENER CARLOS RIVERS DELGADILLO
S. S. S. S.
Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial. Managua, D. N., diez de
Octubre de mil novecientos cincuenta y nueve.
LUIS A. SOMOZA D.,
Presidente de la República
J. J. LUGO MARENCO
Ministro de Economía
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