Decreto Por El Que Se Faculta Ampliamente Al Poder Ejecutivo, Para Reformar Los Contratos De Banco Vigentes En Los Términos Que Juzgue Conveniente

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Banca y Finanzas Rango: Leyes - DECRETO POR EL QUE SE FACULTA AMPLIAMENTE AL PODER EJECUTIVO, PARA REFORMAR LOS CONTRATOS DE BANCO VIGENTES EN LOS TÉRMINOS QUE JUZGUE CONVENIENTE LEY, Aprobado, el 24 de Enero de 1893 Publicado en La Gaceta No. 8 del 1º de Febrero de 1893 El Presidente de la República, à sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: El Senado y Cámara de Diputados de la República de Nicaragua, DECRETAN: Art 1°.- Se autoriza ampliamente al Poder Ejecutivo, para reformar los contratos de Banco vigentes, en los términos que juzgue conveniente; y las reformas que celebre, serán válidas y surtirán sus efectos sin necesidad de la aprobación del Poder Legislativo. Art 2°.- Se le delegan las facultades constitucionales que deban llenarse para los efectos del artículo anterior. Art 3°.- Queda derogada toda ley que se oponga á la presente. Salón de Sesiones de la Cámara del Senado  Managua: 24 de enero de 1893  Ig. Chávez, S. P  Santana Romero, S. S  Camilo Zúniga, S. S. Al Poder Ejecutivo  Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados  Managua: 25 de Enero de 1893  Serapio Orosco, D. P  Rafael A. Rivas, D. S  Juan de D. Guerra, D. S. Por tanto: Ejecútese  Managua: 26 de Enero de 1893.- Roberto Sacasa  El Ministro de Hacienda  Francisco X. Ramírez. -