Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas
Fundamentales
Rango: Leyes
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DECRETO POR EL CUAL LA ASAMBLEA
NACIONAL CONSTITUYENTE, DETERMINA LA FECHA DEL PERÍODO
CONSTITUCIONAL PARA PRESIDENTE Y VICE-PRESIDENTE
LEY, Aprobado el 9 de Diciembre de 1893
Publicada en La Gaceta No. 94 del 16 de Diciembre de
1893
El Presidente de la República, a sus habitantes, sabed: Que los
Representantes del Pueblo han ordenado lo siguiente:
La Asamblea Nacional Constituyente, decreta:
Art. Único El período constitucional de Presidente y
Vice-Presidente de la República, para que fueron electos los
señores Generales don J. Santos Zelaya y don Anastasio J. Ortiz por
decreto de 15 de Septiembre último, se empezará á contar el 1º de
Febrero próximo. Mientras llega esa fecha, continuarán desempeñando
provisionalmente esos cargos.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente
Managua, 9 de Diciembre de 1893 Franc. Montenegro, D. P J.
Alberto Gámez, D. S Agustín Duarte, D. S.
Por tanto: Ejecútese Managua, 11 de Diciembre de 1893 J. S.
Zelaya El Ministro de la Gobernación José
Madriz.
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