Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Leyes
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DECLÁRASE QUE LEY TITULAR DE
MENORES NO ESTA DEROGADA EN CÓDIGO PENAL
Ley No. 58 de 25 de Septiembre de 1974
Publicado en La Gaceta No. 244 de 26 de Octubre de 1974
LA JUNTA NACIONAL DE GOBIERNO,
a los habitantes de la República,
Sabed:
Que la Asamblea Nacional Constituyente ha ordenado lo
siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
en uso de sus facultades,
Decreta:
Único.- Declárase que entre las leyes y disposiciones
derogadas por el Arto. 564 del Código Penal vigente, no está la Ley
Tutelar de Menores, publicada en "La Gaceta", Diario Oficial No. 83
correspondiente al 13 de Abril de 1973, la cual está en todo su
vigor y fuerza.
Esta Resolución deberá ser publicada en "La Gaceta", Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Constituyente.
Managua, Distrito Nacional, veinticinco de Septiembre de mil
novecientos setenta y cuatro.- Cornelio H. Hüeck, Presidente.-
Ramiro Granera Padilla, Secretario.- Carlos José Solórzano R.,
Secretario.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N., veintiséis
de Septiembre de mil novecientos setenta y cuatro.- JUNTA
NACIONAL DE GOBIERNO.- (f) R. MARTÍNEZ L.- (f) EDM. PAGUAGA I.- (f)
A. LOVO CORDERO.- Doy fe : -(f) Leandro Marín Abaunza, Ministro
de la Gobernación".
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