Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Leyes
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CONTRIBUCIÓN DEL ESTADO PARA
ERECCIÓN DE MONUMENTO Y CONSTRUCCIÓN DE PARQUE EN "LA CRUZ DE
ESPAÑA" ,RIVAS
Ley No. 1748 de 8 de octubre de 1970.
Publicado en La Gaceta No. 274 de 1 de diciembre de 1970
El Presidente de la República, a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1.-Para erección de un monumento y la construcción
de un parque en el sitio conocido como "La Cruz de España", en el
Departamento de Rivas, el Estado deberá erogar por primera vez la
cantidad de Cincuenta Mil Córdobas (C$50,000.00), incluyéndola en
el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República,
correspondiente al año 1971.
Artículo 2.-La suma que se refiere el artículo anterior, se
entregará por el Poder Ejecutivo a la Alcaldía Municipal de la
ciudad de Rivas, para su administración directa o delegada en la
Corporación o Asociación que ella misma disponga.
Artículo 3.-El monumento que se erija será de acuerdo con las voces
del Decreto No. 1423 de 13 de Enero de 1968, publicado en "La
Gaceta" No. 11 del mismo año.
Artículo 4.-La presente Ley entrará en vigor desde la fecha
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados Managua,
D.N., 8 de octubre de 1970.- (f) Salvador Castillo, D. P.-
Francisco Urbina Romero, D. S.- Adolfo González Baltodano,
D.S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara del Senado, Managua, D.N., 14 de octubre
de 1970.- (f) Gustavo F. Chávez, S. P.- (f) Pablo Rener, S.S.-
(f) Adán Solórzano C., D.S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D.N. Diecinueve
de octubre de mil novecientos setenta.- (f) A. SOMOZA,
Presidente de la República.- M. Gustavo Montiel, Ministro de
Hacienda y C.P.".
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