Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
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AVAL DEL ESTADO AL BCIE POR
PRÉSTAMO DE US$5.000,000.00 A TELCOR
Ley No. 631 de 22 de Junio de 1977
Publicado en La Gaceta No. 213 de 21 de Septiembre de 1977
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente,
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo en el Ramo de
Hacienda y Crédito Público, para que por medio del Señor Ministro o
la persona en quien éste delegue, suscriba en nombre del Estado un
Convenio de Garantía con el Banco Centroamericano de Integración
Económica, por el cual el Gobierno de la República de Nicaragua,
avala el préstamo que por la cantidad de Cinco Millones de Dólares
(US$5.000,000.00), concedió el referido Banco a la Dirección
General de Telecomunicaciones y Correos de Nicaragua (TELCOR), con
un plazo de doce (12) años incluyendo tres (3) de gracia,
devengando una tasa de interés de nueve y un cuarto por ciento (9-1
1/4 %), anual sobre los saldos deudores y una comisión de
compromiso del tres cuartos del uno por ciento (3/4 del 1%), anual
sobre los saldos no desembolsados. El principal e intereses serán
pagados semestralmente.Arto. 2.- El objeto del préstamo es el financiamiento de la
Segunda Etapa de ampliación de la Red Centroamericana de
Microondas.
Arto. 3.- La presente autorización comprende la facultad de
incluir las cláusulas que se estilan en esta clase de contratos y
que mejor garanticen los intereses del Fisco, así como incorporar
en los respectivos Presupuestos Generales de Ingresos y Egresos de
la República, las cantidades necesarias para el pago de las
obligaciones contraídas en caso de incumplimiento de la Entidad
deudora.
Arto. 4.- Esta Ley entrará en vigor desde la fecha de su
publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D.N., veinticinco de Mayo de mil novecientos setenta y siete. (f)
Luis H. Pallais Debayle, Presidente. (f) Antonio Coronado
Torres, Secretario.- (f) Armando Zelaya Rojas,
Secretario.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D.N., 20 de Junio
de mil novecientos setenta y siete.- (f) Pablo Rener,
Presidente.- (f) Constantino Mendieta R., Secretario.- (f)
Raúl Arana Montalván, Secretario.
Por Tanto, Ejecútese: Casa Presidencial, Managua, D.N., a los
veintidós días del mes de Junio de mil novecientos setenta y
siete.- (f) A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f)
Gustavo Montiel, Ministro de Hacienda y C.P."
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