Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Leyes
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APRUEBASE DESEMBOLSO COMO APORTE
DE NICARAGUA DE BCIE DE $CA 6.000,000.00 DURANTE
1976/1978
Ley No. 603 de 22 de Diciembre de 1976
Publicado en La Gaceta No. 26 de 01 de Febrero de 1977
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso Nacional ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 603
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
Arto. 1.- Aprobar el desembolso del aporte especial al Banco
Centroamericano de Integración Económica (BCIE), por la suma de
Seis Millones de Pesos Centroamericanos.... ($CA6.000,000.00) que
corresponde a Nicaragua, los que deberán aportarse en los años de
1976, 1977 y 1978 ($CA2.000.000.00 cada año), o su equivalente en
Córdobas para dar cumplimiento a la Resolución AG-12/76 de la
Asamblea de Gobernadores del Banco, de la XVII Reunión
Extraordinaria, efectuada en San José, Costa Rica, el 16 de Julio
de 1976.
Arto. 2.- Esta Ley entrará en vigor a partir de la fecha de
su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua,
D.N., diecisiete de Diciembre de mil novecientos setenta y seis.-
Cornelio H. Hüeck, Presidente.- Antonio Coronado
Torres, Secretario.- Fernando Zelaya Rojas,
Secretario.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D.N., 22 de
Diciembre de 1976.- Pablo Rener, Presidente.- Ramiro
Granera Padilla, Secretario.- Alfredo Mendieta
Gutiérrez, Secretario.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial. Managua, Distrito
Nacional, a los veintidós días del mes de Diciembre de mil
novecientos setenta y seis.- A. SOMOZA D., Presidente de la
República.- Juan José Martínez L., Ministro de Economía,
Industria y Comercio.
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