Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Empresa Industria y Comercio
Rango: Instrumentos Internacionales
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TRATADO SOBRE DERECHO
MERCANTIL
Aprobada el 6 de Febrero de 1901
Publicado en La Gaceta No. 1408 del 25 de Julio de 1901
Los Gobiernos de El Salvador, Costa Rica, Guatemala, Honduras y
Nicaragua, por medio de sus respectivos Delegados
Plenipotenciarios, á saber:
Los señores Doctores don Manuel Delgado y don Francisco Martínez
Suárez, por el El Salvador; el señor Licenciado don Ricardo
Pacheco, por Costa Rica; los señores Licenciados don Salvador
Escobar, y don Rafael Montúfar, por Guatemala; los señores Doctores
don Fausto Dávila, y don José Leonar, por Honduras; y los señores
don Tiburcio G. Bonilla y don Bruno H. Buitrago, por
Nicaragua.
A efecto de establecer reglas uniformes de Derecho Mercantil en las
cinco Repúblicas de América Central, han convenido en lo siguiente,
previa exhibición de sus poderes, que se encontraron en debida
forma:
Artículo único-Ratifícase el Tratado sobre Derecho Mercantil
que celebraron en Guatemala el 15 de Junio de 1897 los Delegados al
primer Congreso Jurídico Centroamericano, con la modificación del
art. 37 que para mayor claridad queda así:
Este Tratado será Ley de la República que lo acepte, desde que se
promulgue la ratificación respectiva; y regirá como pacto
internacional entre dos ó más Estados desde que se comunique su
aprobación, lo cual equivale al canje.
La no aceptación de alguna ó algunas de las cláusulas de este
Tratado, no impedirá que tenga fuerza legal en lo demás.
En fe de lo cual, los infrascritos Plenipotenciarios, lo hemos
firmado y sellado en número de cinco ejemplares, en San Salvador, á
cinco de febrero de mil novecientos uno.
Manuel Delgado-Francisco Martínez,- Ricardo Pacheco-Fráncico
Martínez-Ricardo Pacheco- Salvador Escobar-Salvador escolar-Rafael
Montúfar-F. Dávila-J Leonard-T.G.Bonilla-Bruno H Buitrago.
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