Se Manda A Expedir Instrumento De Ratificación Del Convenio Entre La República De Nicaragua Y El Reino De España Para El Cumplimiento De Condenas Penales
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Penal
Rango: Instrumentos Internacionales
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(SE MANDA A EXPEDIR INSTRUMENTO
DE RATIFICACIÓN DELCONVENIO ENTRE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Y EL
REINO DE ESPAÑA PARA EL CUMPLIMIENTO DE CONDENAS PENALES)
Aprobado el 25 de Julio de1996
Publicada en la Gaceta No. 114 del 18 de Junio de 1997
INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN
VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA
POR CUANTO
El 18 de Febrero de 1995 el Ministerio de Relaciones Exteriores
Ingeniero Ernesto Leal Sánchez, suscribió en Managua con el
Ministro de Asuntos Exteriores de España Señor Javier Solano
Maradiaga, el Convenio entre la República de Nicaragua y el Reino
de España para el Cumplimiento de Condenas Penales, compuesto de un
preámbulo y doce artículos.
POR CUANTO
La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por Decreto Número 1312
del 27 de Mayo de 1996, promulgado por la Presidenta de la
República el 3 de Junio del corriente año y publicado en la Gaceta,
Diario Oficial Número 123 del 2 de Julio de 1996.
POR CUANTO
El Poder Ejecutivo en uso de las facultades que le confiere la ley,
ratificó el mencionado Convenio por Decreto Número 10-96 del 25 de
Julio de 1996 y manda expedir el correspondiente instrumento de
ratificación para su canje.
POR TANTO
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mí,
sellado con el Gran Sello de la Nación y Refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores, para ser canjeado con el respectivo
Instrumento de Ratificación de España, de conformidad con el
Artículo XI del Convenio.
Dado en la Casa Presidencial, Managua veinticinco de Julio de mil
novecientos noventa y seis.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.-
El Ministro de Relaciones Exteriores por la Ley, (f)
Ilegible.
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