Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Instrumentos Internacionales
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(SE EXPIDE EL PRESENTE
INSTRUMENTO DE RATIFICACIÓN DE ENMIENDAS AL PROTOCOLO DE
MONTREAL)
Aprobado el 19 de Octubre de 1999
Publicado en La Gaceta No. 110 del 12 de Junio del 2000
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
POR CUANTO
Nicaragua es parte del Convenio de Viena sobre la Protección de la
Capa de Ozono Adoptado por la Conferencia sobre la Protección de la
Capa de Ozono en Viena, Austria, el 22 de Marzo de 1985 y su
Protocolo, conocido como Protocolo de Montreal relativo a las
sustancias agotadoras de la capa de ozono, adoptado por la
conferencia de plenipotenciarios de las partes de dicho convenio.
El 16 de Septiembre de 1987, los que fueron adheridos y ratificados
por el Poder Ejecutivo mediante Decreto numero 11-93 del 29 de
Enero 1993.
POR CUANTO
Fueron acordadas dos enmiendas al Protocolo de Montreal, la primera
en la segunda reunión de las partes celebradas en Londres,
Inglaterra, del 27 al 29 de Junio de 1990 y la segunda en la cuarta
reunión de las partes celebrada en Copenhague, Dinamarca del 23 al
25 de Noviembre de 1992.
POR CUANTO
La Asamblea Nacional aprobó dichas enmiendas por Decreto numero
2303 del 7 de Julio de 1999, promulgado el 13 del mismo mes y año y
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, numero 135 del 15 de Julio
de este mismo año.
POR CUANTO
El Poder Ejecutivo ratifico las mencionadas enmiendas por Decreto
numero 104-99 del 24 de Agosto de 1999, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial, numero 168 del 2 de Septiembre de este mismo año y
manda a expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para
su respectivo deposito.
POR TANTO
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la Nación y Refrendado por el
Ministerio de Relaciones Exteriores para su deposito ante la
Secretaria General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU),
de conformidad a lo dispuesto en el inciso 5 del Artículo 9 e
inciso 1 del Artículo 20 del Convenio de Viena para la Protección
de la Capa de Ozono del 22 de Marzo de 1985.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los diecinueve
días del mes de Octubre de mil novecientos noventa y nueve.-
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.- El Ministro de Relaciones
Exteriores.
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