Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Familia Niñez Juventud y Adulto Mayor
Rango: Instrumentos Internacionales
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(RATIFICASE LA ADHESIÓN A LA
CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER)
Aprobado el 22 de Mayo de 1956
Publicado en La Gaceta No.128 del 9 de Junio de 1956
No. 2
El Presidente de la República,
Decreta:
Primero: Se ratifica la adhesión a la Convención sobre los
Derechos Políticos de la Mujer, abierta a la firma de todos los
Estados Miembros de las Naciones Unidas, el 31 de Marzo de 1953.
Segundo: Expídase el correspondiente Instrumento de
adhesión para su depósito en la Organización de las Naciones
Unidas.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D.N., veintidós de Mayo
de mil novecientos cincuenta y seis. Año José Dolores Estrada .
A.SOMOZA. El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, Oscar Sevilla Sacasa.
No.3
El Presidente de la República,
Decreta:
Primero: Se ratifica la Convención Interamericana sobre Concesió n
de los Derechos Civiles de la Mujer, suscrita en la Novena
Conferencia Internacional Americana, celebrada en Bogotá en 1948.
Segundo: Expídase el correspondiente Instrumento de ratificación
para su depósito en los archivos de la Unión Panamericana.
Comuníquese. Casa Presidencial. Managua, D.N., veintidós de Mayo
de mil novecientos cincuenta y seis. Año José Dolores Estrada.
A.SOMOZA. El Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones
Exteriores, Oscar Sevilla Sacasa.
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