Instrumentos Internacionales Multilaterales

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Instrumentos Internacionales - (INSTRUMENTOS INTERNACIONALES MULTILATERALES) Aprobado el 25, Mayo de 1999 Publicado en La Gaceta No. 221 del 18, Noviembre de 1999 ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA POR CUANTO El seis de mayo de 1996, el Ministro de Relaciones Exteriores de Nicaragua, ERNESTO LEAL SÁNCHEZ y el Vice-Ministro de Relaciones Exteriores de la República Federal de Alemania, HANS-FRIEDRICH VON PLOETZ suscribieron el Tratado entre la República de Nicaragua y la República Federal de Alemania sobre fomento y protección recíproca de inversiones de capital y el protocolo adicional que constituye parte integrante del tratado. Por Cuanto El Poder Ejecutivo aprobó y ratificó constitucionalmente el Tratado antes citado y su protocolo por decreto Número 28-99 del 23 de marzo de 1999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 60 del 26 del mismo año y manda a expedir el correspondiente instrumento de ratificación para su respectivo canje. Por Tanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro de Relaciones exteriores para su canje con el correspondiente Instrumento de Ratificación de la República Federal de Alemania en la ciudad de Bonn, conforme lo dispuesto en el artículo 13, numeral 1 del Tratado. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la presidencia, a los veinticinco días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto El 24 de julio de 1994, fue suscrito en Cartagena de Indias, República de Colombia. el, Convenio Constitutivo de las Asociaciones de Estados del Caribe. compuesto de un preámbulo, XXXI artículos y dos anexos. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 1898 del 9 de Junio de 1998, promulgado el 17 del mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 119 del 26 de Junio del presente año. Por Cuanto El Poder Ejecutivo ratificó el Convenio en referencia por decreto número 80-98 del 19 de noviembre de 1998, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 228 del 26 del mismo mes y año y manda a expedir el correspondiente Instrumento de ratificación para su depósito ante el Gobierno de la República de Colombia. Por Tanto Expido el presente Instrumento de ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito ante el Gobierno de la República de Colombia, de conformidad con el artículo XXV de dicho Convenio. Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto El 22 de Diciembre de 1992, fueron suscritos en Ginebra, Suiza, la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y el Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y sus respectivas enmiendas el 14 de octubre de 1994 en Kyoto, Japón. Por Cuanto El Poder Ejecutivo en Uso de las Facultades que le confiere la ley, adhirió a la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, al Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y a sus respectivas enmiendas, mediante decreto número 11-98 del 03 de Febrero de 1998, publicado en La Gaceta, Diario Oficial. numeral 32 del 17 de febrero del mismo año. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó la adhesión de Nicaragua a la Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, al Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y a sus respectivas enmiendas mediante decreto número 1896 del 9 de Junio de 1998, promulgado el 17 del mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 119 del 26 de Junio de 1998. Por Tanto Expido el presente Instrumento de Adhesión, firmado por mi, sellado con el gran sello de la Nación y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores, para su depósito ante la Secretaría General de la Unión Internacional de telecomunicaciones con sede en Ginebra, Suiza. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los cuatro días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y ocho. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto El 11 de Julio de 1997 los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica y Panamá, suscribieron en Ciudad de Panamá, República de Panamá el Convenio Centroamericano para la Prevención y la Represión de los delitos de lavado de dinero y de activos, relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 1903 del 11 de junio de 1998, promulgado el 22 del mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 140 del 28 de Julio de 1998. Por Cuanto El Poder Ejecutivo Ratificó el Convenio en Referencia por decreto número 86-98 del 30 de noviembre de 1998, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 236 del 5 de diciembre del mismo año y manda a expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana. Por Tanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores para su depósito ante la secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana. de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de dicho convenio. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los treintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. y EL Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto El 6 de noviembre de 1997 los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica, Panamá y República Dominicana, suscribieron en la Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el Convenio entre Centroamérica y República Dominicana para la prevención y la represión de los delitos de lavado de dinero y de activos, relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 1909 del 23 de Junio de 1998, promulgado el 8 de Julio del mismo año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 136 del 22 de Julio de este mismo año. Por Cuanto El Poder Ejecutivo ratificó el Convenio en referencia por decreto número 85-98 del 30 de noviembre de 1998, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 236 del 5 de diciembre del mismo año y manda a expedir el correspondiente Instrumento de ratificación para su depósito ante la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana. Por Tanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores para su depósito ante la secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 21 de dicho Convenio. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los treintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y El Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto El 29 de arzo de 1996 el Vice-Ministro de Relaciones Exteriores, doctor ÁLVARO JOSÉ SEVILLA SIERO, suscribió en Caracas, Venezuela, la Convención Interamericana contra la Corrupción, compuesta de un preámbulo y XXVIII artículos. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dicha convención por decreto número 2083 del 11 de noviembre de 1998, promulgado el 18 del mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 227 del 25 de noviembre de 1998. Por Cuanto El Poder Ejecutivo Ratificó la Convención en referencia por decreto número 22-99 del 4 de marzo de 1999, publicado en La Gaceta, Diario oficial, número 47 del 9 del mismo mes y año y manda a expedir el correspondiente Instrumento de ratificación para su depósito ante la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos. Por Tanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito ante la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, de conformidad con el artículo XXII de dicha Convención. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.-Y Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto El 29 de Octubre de 1993, los Ministros de Relaciones Exteriores de Centroamérica y Panamá Suscribieron en la Ciudad de Guatemala. El Tratado de Asistencia Leal, Mutua en Asuntos Penales entre las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dicho Tratado por decreto número 1902 del 11 de Junio de 1998, promulgado el 22 del mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 116 del 23 de junio de 1998. Por Cuanto El Poder Ejecutivo Ratificó el Tratado en Referencia por decreto número 40-99 del 24 de marzo de 1999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 68 del 14 de abril del mismo año y manda expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana. Por Tanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores para su depósito ante la secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana, de conformidad con el artículo 22 de dicho tratado. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los dos días del mes de Junio de mil, novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto: El 28 de diciembre de 1993 El Embajador de Nicaragua en Chile doctor ROBERTO JOSÉ FERREY ECHAVERRY, suscribió en Santiago con el Ministro de Relaciones Exteriores de ese País, Señor ENRIQUE SILVA CIMMA, el tratado de extradición y asistencia Jurídica en materia penal entre la República de Nicaragua y la República de Chile, compuesto de un preámbulo y cuarenta y cuatro artículos. Por Cuanto: La Asamblea Nacional aprobó dicho tratado por decreto número 1884 del 25 de marzo de 1998, promulgado el treinta y uno de ese mismo mes y publicado en La Gaceta Diario Oficial, número 63 del 1 de abril del corriente año. Por Cuanto: El Poder Ejecutivo Ratificó el Tratado por decreto número 3098 del 28 de abril de 1998 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 82 del 6 de mayo del corriente año y manda expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su respectivo canje. Por Tanto: Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores para su canje con el respectivo Instrumento de Ratificación de Chile, de conformidad con el inciso 2 del articulo 44 del tratado. Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los dieciocho dí as del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto: El 8 de julio de 1996 los Gobiernos de las Repúblicas de Costa Rica, EL Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá, suscribieron en San salvador, República de El Salvador, el Convenio Constitutivo del Instituto Centroamericano de estudios Superiores de policía, compuesto de un preámbulo y dieciocho artículos. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 2013 del 3 de septiembre de 1998, promulgado el 10 del mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 177 del 22 de septiembre del presente año. Por Cuanto El Poder Ejecutivo Ratificó el Tratado en referencia por decreto número 66-98 del 14 de octubre de 1998, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 207 del 2 de noviembre del mismo año y manda a expedir el correspondiente Instrumento de ratificación para su depósito en la Secretaría General del Sistema de Integración Centroamericana (SICA). Por Tanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito en la Secretaría General, del Sistema de Integración Centroamericana (SICA), de conformidad con el artículo 16 inciso a) del Convenio. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la presidencia, a los veintitrés días del mes de febrero de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto: El 10 de Junio de 1997 en la Conferencia Diplomática sobre la Reafirmación y el desarrollo del Derecho Internacional Humanitario aplicables en los conflictos armados fueron aprobados los Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto de 1949, relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos Armados Internacionales (Protocolo 1); y relativo a la Protección de las Víctimas de los conflictos armados sin carácter Internacional (Protocolo II). Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dichos protocolos por decreto número 2010 del uno de septiembre de 1998, promulgado el 10 del mismo mes y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 177 del 22 de septiembre de 1998. Por Cuanto El Poder Ejecutivo ratificó los protocolos en referencia por decreto número 25-99 del 10 de marzo de 1999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 53 del 17 del mismo mes y año y manda a expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su depósito ante el Consejo Federal Suizo. Por Tanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores para su depósito ante el Consejo Federal Suizo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 93 y 21 respectivamente de los protocolos antes referidos. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los treinta y un día del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Y Ministro de Relaciones Exteriores, ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto: El 15 de octubre de 1995, fue suscrito en la V Cumbre de la Conferencia Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, en San Carlos de Bariloche, Argentina, el Convenio para la Cooperación en el Marco de la Conferencia Iberoamericana. Por Cuanto El Poder Ejecutivo aprobó y ratificó Constitucionalmente el referido Convenio por decreto número 09-99 del 29 de enero de 1999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 29 del 11 de febrero del mismo año. Por Cuanto Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito ante el Gobierno de la República de Argentina, de conformidad con el articulo 14 del Convenio. Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO y Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto: El 27 de Agosto de 1998, los Ministros de Salud de Centroamérica y Panamá y el director de la Organización Panamericana de la Salud, suscribieron en la Ciudad de Guatemala de la Asunción, República de Guatemala, el Convenio Básico del Instituto de Nutrición de Centroamérica y Panamá. Por Cuanto El Poder Ejecutivo aprobó y ratificó Constitucionalmente el, referido Convenio por decreto número 81-99 del 15 de julio de 1999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 143 del 28 del mismo mes y año. Por Tanto: Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi, sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores para su depósito ante la Secretaría General del Sistema de la Integración Centroamericana y en la Secretaría de la Organización de los Estados Americanos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo III de dicho Convenio. Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los diecinueve días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. y Ministro de Relaciones Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA Por Cuanto: El 14 de Diciembre de 1995, fue suscrito en Copan, República de Honduras, el Tratado Centroamericano sobre (recuperación y devolución de vehículos hurtados, robados, apropiados o retenidos ilícita o indebidamente. Por Cuanto La Asamblea Nacional aprobó dicho Tratado por decreto número 1953 del 25 de junio de 1998, promulgado el 8 de Julio del mismo año y publicado en La Gaceta Diario Oficial, número 136 del 22 de Julio de 1998. -