Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Relaciones Internacionales
Rango: Instrumentos Internacionales
-
(INSTRUMENTOS INTERNACIONALES
MULTILATERALES)
Aprobado el 25, Mayo de 1999
Publicado en La Gaceta No. 221 del 18, Noviembre de 1999
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
POR CUANTO
El seis de mayo de 1996, el Ministro de Relaciones Exteriores de
Nicaragua, ERNESTO LEAL SÁNCHEZ y el Vice-Ministro de
Relaciones Exteriores de la República Federal de Alemania,
HANS-FRIEDRICH VON PLOETZ suscribieron el Tratado entre la
República de Nicaragua y la República Federal de Alemania sobre
fomento y protección recíproca de inversiones de capital y el
protocolo adicional que constituye parte integrante del tratado.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo aprobó y ratificó constitucionalmente el Tratado
antes citado y su protocolo por decreto Número 28-99 del 23 de
marzo de 1999, publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 60
del 26 del mismo año y manda a expedir el correspondiente
instrumento de ratificación para su respectivo canje.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro
de Relaciones exteriores para su canje con el correspondiente
Instrumento de Ratificación de la República Federal de Alemania en
la ciudad de Bonn, conforme lo dispuesto en el artículo 13, numeral
1 del Tratado.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la presidencia, a los
veinticinco días del mes de mayo de mil novecientos noventa y
nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto
El 24 de julio de 1994, fue suscrito en Cartagena de Indias,
República de Colombia. el, Convenio Constitutivo de las
Asociaciones de Estados del Caribe. compuesto de un preámbulo, XXXI
artículos y dos anexos.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 1898
del 9 de Junio de 1998, promulgado el 17 del mismo mes y año y
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 119 del 26 de Junio
del presente año.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo ratificó el Convenio en referencia por decreto
número 80-98 del 19 de noviembre de 1998, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial, número 228 del 26 del mismo mes y año y manda a
expedir el correspondiente Instrumento de ratificación para su
depósito ante el Gobierno de la República de Colombia.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el
Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito ante el
Gobierno de la República de Colombia, de conformidad con el
artículo XXV de dicho Convenio.
Dado en la ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los dos días
del mes de diciembre de mil novecientos noventa y ocho. ARNOLDO
ALEMÁN LACAYO. Ministro de Relaciones Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto
El 22 de Diciembre de 1992, fueron suscritos en Ginebra, Suiza, la
Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y el
Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y sus
respectivas enmiendas el 14 de octubre de 1994 en Kyoto, Japón.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo en Uso de las Facultades que le confiere la ley,
adhirió a la Constitución de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones, al Convenio de la Unión Internacional de
Telecomunicaciones y a sus respectivas enmiendas, mediante decreto
número 11-98 del 03 de Febrero de 1998, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial. numeral 32 del 17 de febrero del mismo año.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó la adhesión de Nicaragua a la
Constitución de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, al
Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones y a sus
respectivas enmiendas mediante decreto número 1896 del 9 de Junio
de 1998, promulgado el 17 del mismo mes y año y publicado en La
Gaceta, Diario Oficial, número 119 del 26 de Junio de 1998.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Adhesión, firmado por mi, sellado
con el gran sello de la Nación y refrendado por el Ministerio de
Relaciones Exteriores, para su depósito ante la Secretaría General
de la Unión Internacional de telecomunicaciones con sede en
Ginebra, Suiza.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
cuatro días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y
ocho. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto
El 11 de Julio de 1997 los Ministros de Relaciones Exteriores de
Centroamérica y Panamá, suscribieron en Ciudad de Panamá, República
de Panamá el Convenio Centroamericano para la Prevención y la
Represión de los delitos de lavado de dinero y de activos,
relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 1903
del 11 de junio de 1998, promulgado el 22 del mismo mes y año y
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 140 del 28 de Julio
de 1998.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo Ratificó el Convenio en Referencia por decreto
número 86-98 del 30 de noviembre de 1998, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial, número 236 del 5 de diciembre del mismo año y manda
a expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su
depósito ante la Secretaría General del Sistema de Integración
Centroamericana.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores para su depósito ante la secretaría
General del Sistema de Integración Centroamericana. de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 21 de dicho convenio.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
treintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. y EL Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto
El 6 de noviembre de 1997 los Ministros de Relaciones Exteriores de
Centroamérica, Panamá y República Dominicana, suscribieron en la
Ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el Convenio entre
Centroamérica y República Dominicana para la prevención y la
represión de los delitos de lavado de dinero y de activos,
relacionados con el tráfico ilícito de drogas y delitos conexos.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 1909
del 23 de Junio de 1998, promulgado el 8 de Julio del mismo año y
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 136 del 22 de Julio
de este mismo año.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo ratificó el Convenio en referencia por decreto
número 85-98 del 30 de noviembre de 1998, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial, número 236 del 5 de diciembre del mismo año y manda
a expedir el correspondiente Instrumento de ratificación para su
depósito ante la Secretaría General del Sistema de Integración
Centroamericana.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores para su depósito ante la secretaría
General del Sistema de Integración Centroamericana, de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 21 de dicho Convenio.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
treintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa y nueve.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y El Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto
El 29 de arzo de 1996 el Vice-Ministro de Relaciones Exteriores,
doctor ÁLVARO JOSÉ SEVILLA SIERO, suscribió en Caracas,
Venezuela, la Convención Interamericana contra la Corrupción,
compuesta de un preámbulo y XXVIII artículos.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dicha convención por decreto número
2083 del 11 de noviembre de 1998, promulgado el 18 del mismo mes y
año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 227 del 25 de
noviembre de 1998.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo Ratificó la Convención en referencia por decreto
número 22-99 del 4 de marzo de 1999, publicado en La Gaceta, Diario
oficial, número 47 del 9 del mismo mes y año y manda a expedir el
correspondiente Instrumento de ratificación para su depósito ante
la Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el
Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito ante la
Secretaría General de la Organización de los Estados Americanos, de
conformidad con el artículo XXII de dicha Convención.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
diecisiete días del mes de marzo de mil novecientos noventa y
nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO.-Y Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto
El 29 de Octubre de 1993, los Ministros de Relaciones Exteriores de
Centroamérica y Panamá Suscribieron en la Ciudad de Guatemala. El
Tratado de Asistencia Leal, Mutua en Asuntos Penales entre las
Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras,
Nicaragua y Panamá.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dicho Tratado por decreto número 1902
del 11 de Junio de 1998, promulgado el 22 del mismo mes y año y
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 116 del 23 de junio
de 1998.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo Ratificó el Tratado en Referencia por decreto
número 40-99 del 24 de marzo de 1999, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial, número 68 del 14 de abril del mismo año y manda
expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para su
depósito ante la Secretaría General del Sistema de Integración
Centroamericana.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores para su depósito ante la secretaría
General del Sistema de Integración Centroamericana, de conformidad
con el artículo 22 de dicho tratado.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los dos
días del mes de Junio de mil, novecientos noventa y nueve.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto:
El 28 de diciembre de 1993 El Embajador de Nicaragua en Chile
doctor ROBERTO JOSÉ FERREY ECHAVERRY, suscribió en Santiago
con el Ministro de Relaciones Exteriores de ese País, Señor
ENRIQUE SILVA CIMMA, el tratado de extradición y asistencia
Jurídica en materia penal entre la República de Nicaragua y la
República de Chile, compuesto de un preámbulo y cuarenta y cuatro
artículos.
Por Cuanto:
La Asamblea Nacional aprobó dicho tratado por decreto número 1884
del 25 de marzo de 1998, promulgado el treinta y uno de ese mismo
mes y publicado en La Gaceta Diario Oficial, número 63 del 1 de
abril del corriente año.
Por Cuanto:
El Poder Ejecutivo Ratificó el Tratado por decreto número 3098 del
28 de abril de 1998 publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número
82 del 6 de mayo del corriente año y manda expedir el
correspondiente Instrumento de Ratificación para su respectivo
canje.
Por Tanto:
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores para su canje con el respectivo
Instrumento de Ratificación de Chile, de conformidad con el inciso
2 del articulo 44 del tratado.
Dado en la ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
dieciocho dí as del mes de mayo de mil novecientos noventa y ocho.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto:
El 8 de julio de 1996 los Gobiernos de las Repúblicas de Costa
Rica, EL Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Panamá,
suscribieron en San salvador, República de El Salvador, el Convenio
Constitutivo del Instituto Centroamericano de estudios Superiores
de policía, compuesto de un preámbulo y dieciocho artículos.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dicho Convenio por decreto número 2013
del 3 de septiembre de 1998, promulgado el 10 del mismo mes y año y
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 177 del 22 de
septiembre del presente año.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo Ratificó el Tratado en referencia por decreto
número 66-98 del 14 de octubre de 1998, publicado en La Gaceta,
Diario Oficial, número 207 del 2 de noviembre del mismo año y manda
a expedir el correspondiente Instrumento de ratificación para su
depósito en la Secretaría General del Sistema de Integración
Centroamericana (SICA).
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el
Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito en la
Secretaría General, del Sistema de Integración Centroamericana
(SICA), de conformidad con el artículo 16 inciso a) del
Convenio.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la presidencia, a los
veintitrés días del mes de febrero de mil novecientos noventa y
nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. Y Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto:
El 10 de Junio de 1997 en la Conferencia Diplomática sobre la
Reafirmación y el desarrollo del Derecho Internacional Humanitario
aplicables en los conflictos armados fueron aprobados los
Protocolos Adicionales a los Convenios de Ginebra del 12 de Agosto
de 1949, relativo a la Protección de las Víctimas de los Conflictos
Armados Internacionales (Protocolo 1); y relativo a la Protección
de las Víctimas de los conflictos armados sin carácter
Internacional (Protocolo II).
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dichos protocolos por decreto número
2010 del uno de septiembre de 1998, promulgado el 10 del mismo mes
y año y publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 177 del 22
de septiembre de 1998.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo ratificó los protocolos en referencia por
decreto número 25-99 del 10 de marzo de 1999, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial, número 53 del 17 del mismo mes y año y
manda a expedir el correspondiente Instrumento de Ratificación para
su depósito ante el Consejo Federal Suizo.
Por Tanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores para su depósito ante el Consejo Federal
Suizo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 93 y 21
respectivamente de los protocolos antes referidos.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
treinta y un día del mes de mayo de mil novecientos noventa y
nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO Y Ministro de Relaciones
Exteriores,
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto:
El 15 de octubre de 1995, fue suscrito en la V Cumbre de la
Conferencia Iberoamericana de Jefes de Estado y de Gobierno, en San
Carlos de Bariloche, Argentina, el Convenio para la Cooperación en
el Marco de la Conferencia Iberoamericana.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo aprobó y ratificó Constitucionalmente el
referido Convenio por decreto número 09-99 del 29 de enero de 1999,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 29 del 11 de febrero
del mismo año.
Por Cuanto
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el
Ministerio de Relaciones Exteriores para su depósito ante el
Gobierno de la República de Argentina, de conformidad con el
articulo 14 del Convenio.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa de la Presidencia, a los
nueve días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO y Ministro de Relaciones
Exteriores.
ARNOLDO ALEMÁN LACAYO
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
Por Cuanto:
El 27 de Agosto de 1998, los Ministros de Salud de Centroamérica y
Panamá y el director de la Organización Panamericana de la Salud,
suscribieron en la Ciudad de Guatemala de la Asunción, República de
Guatemala, el Convenio Básico del Instituto de Nutrición de
Centroamérica y Panamá.
Por Cuanto
El Poder Ejecutivo aprobó y ratificó Constitucionalmente el,
referido Convenio por decreto número 81-99 del 15 de julio de 1999,
publicado en La Gaceta, Diario Oficial, número 143 del 28 del mismo
mes y año.
Por Tanto:
Expido el presente Instrumento de Ratificación, firmado por mi,
sellado con el gran sello de la nación y refrendado por el Ministro
de Relaciones Exteriores para su depósito ante la Secretaría
General del Sistema de la Integración Centroamericana y en la
Secretaría de la Organización de los Estados Americanos, de
conformidad con lo dispuesto en el artículo III de dicho Convenio.
Dado en la Ciudad de Managua, Casa Presidencial, a los
diecinueve días del mes de Agosto de mil novecientos noventa y
nueve. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO. y Ministro de Relaciones
Exteriores. ARNOLDO ALEMÁN LACAYO, PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA DE NICARAGUA
Por Cuanto:
El 14 de Diciembre de 1995, fue suscrito en Copan, República de
Honduras, el Tratado Centroamericano sobre (recuperación y
devolución de vehículos hurtados, robados, apropiados o retenidos
ilícita o indebidamente.
Por Cuanto
La Asamblea Nacional aprobó dicho Tratado por decreto número 1953
del 25 de junio de 1998, promulgado el 8 de Julio del mismo año y
publicado en La Gaceta Diario Oficial, número 136 del 22 de Julio
de 1998.
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