Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Instrumentos Internacionales
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DECLARACIÓN CONJUNTA DEL GOBIERNO DE NICARAGUA Y LA UNIÓN
MUNDIAL PARA LA NATURALEZA
De 7 de septiembre de 1992.
Publicado en la Gaceta No. 193 del 8 octubre 1998.
El Presidente de la República de Nicaragua, Violeta Barrios
de Chamorro y el Director Regional de la "Unión Mundial para la
Naturaleza (UICN)" para Centro América Señor Virgilio
Cossi,
Considerando
I
Que el Gobierno de Nicaragua asume una Estrategia de
Desarrollo Sostenible para lograr el desarrollo económico en
consonancia con la naturaleza como Patrimonio de toda la
Nación.
II
Que dentro de dicha Estrategia se hace necesario desarrollar
conceptos, metodologías y técnicas adecuadas, generadas en el país
o en el extranjero.
III
Que Nicaragua es miembro de la Unión Mundial para la
Naturaleza (UICN) y ha suscrito sus Estatutos por estar consciente
de la importancia de la labor que este Organismo desarrolla en
Centroamérica, y particularmente en Nicaragua.
IV
Que la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) a través de su
Oficina regional (ORCA) ha manifestado su deseo de establecer en
Managua su Centro de Estudios Estratégicos "JOHAN ASHUVUD" con
cobertura regional y coordinación con universidades y organismos
regionales e internacionales.
V
Que el mencionado Centro adquiere una enorme importancia por
sus funciones de análisis y elaboración de propuestas tendientes a
solucionar los problemas locales, nacionales y regionales,
relacionados con el medio ambiente y el desarrollo
sostenible.
VI
Que dicho Centro estará coordinado estrechamente por la
Oficina Regional para Centroamérica (ORCA) de la Unión Mundial para
la Naturaleza (UICN)
Por tanto
En uso de sus facultades,
Acuerdan
Artículo 1.-
Establecer en Nicaragua la sede del Centro de Estudios
Estratégicos para el Desarrollo Sostenible " JOHAN
ASHUVUD".
Artículo 2.-
Dar todo el apoyo que dicho Centro necesite para su
consolidación, desarrollo y funcionamiento.
Artículo 3.-
Establecer una vinculación estrecha entre el Centro y los
Organismos Estatales correspondientes, a través de la Oficina
Nacional de la UICN, para cumplir más eficientemente con los
objetivos y acciones para un desarrollo sostenible de la
Nación.
Artículo 4.-
Apoyar todas las gestiones que realice la Unión Mundial para la
Naturaleza (UICN) y realizar en conjunto la gestión de los recursos
técnicos y económicos para el fortalecimiento del
Centro.
Dado en la ciudad de Managua, a los siete días del mes de
septiembre de mil novecientos noventa y dos. Violeta Barrios de
Chamorro, Presidente de la República de Nicaragua, Virgilio Cossi,
Director Regional de la "Unión Mundial para la Naturaleza (UICN)"
para Centro América.
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