Declaración Conjunta Del Gobierno De Nicaragua Y La Unión Mundial Para La Naturaleza 1

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales Rango: Instrumentos Internacionales - DECLARACIÓN CONJUNTA DEL GOBIERNO DE NICARAGUA Y LA UNIÓN MUNDIAL PARA LA NATURALEZA Aprobado el 7 de Octubre de 1992. Publicado en La Gaceta No. 193 del 8 de Octubre de 1992. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO y el Director Regional de la "Unión Mundial para la Naturaleza (UICN)" para Centro América Señor Virgilio Cossi, CONSIDERANDO: l Que el Gobierno de Nicaragua asume una Estrategia de Desarrollo Sostenible para lograr el desarrollo económico en consonancia con la naturaleza como Patrimonio con toda la Nación. ll Que dentro de dicha Estrategia se hace necesario desarrollar conceptos, metodologías y técnicas adecuadas, genradas en el país o en el extranjero. lll Que Nicaragua es miembro de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) y ha suscrito sus Estatutos por estar consciente de la importancia, de la labor que este Organismos desarrollo en Centroamérica, y particularmente en Nicaragua. lV Que la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) a través de su Oficina Regional (ORCA) ha manifestado sudeseo de establecer en Managua su Centro de Estudios Estratégicos "JOHAN ASHUVUD" con cobertura regional y coordinación con universidades y organismos regionales e internacionales. V Que el mencionado Centro adquiere una enorme importancia por sus funciones de análisis y elaboración de propuestas tendientes a solucional los problemas locales, nacionales y regionales, relacionados con el medio ambiente y el desarrollo sostenible. Que dicho Centro estará coordinado estrechamente por la Oficina Regional para Centroamérica (ORCA) de la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN). POR TANTO En uso de sus Facultades, ACUERDAN: Artículo 1.- Establecer en Nicaragua la sede del Centro de Estudios Estratégicos para el Desarrollo Sostenible "JOHAN ASHUVUD". Artículo 2.- Dar todo el apoyo que dicho Centro necesita para su consolidación, desarrollo y funcionamento. Artículo 3.- Establecer una vinculación estrecha entre el Centro y los Organismos Estatales correspondientes, a través de la Oficina Nacional de la UICN, para cumplir más eficientemente con los objetivos y acciones para un desarrollo sostenible de la Nación. Artículo 4.- Apoyar todas las gestiones que realice la Unión Mundial para la Naturaleza (UICN) y realizar en conjunto la gestión de los recursos técnicos y económicos para el fortalecimiento del Centro. Dado en la Ciudad de Managua, a los siete días del mes de Septiembre de mil novecientos noventa y dos.- VIOLETA BARRIOS DE CHAMORRO.- PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA.- Virgilio Cossi.- Director Regional de la "Unión Mundial para la Naturaleza (UICN)" para Centro América. -