Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Instrumentos Internacionales
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CANJE DE RATIFICACIONES DE
CONVENIO CULTURAL ENTRE NICARAGUA Y REPÚBLICA DOMINICANA
1 de septiembre de 1969
Publicado en La Gaceta No. 236 de 15 de Octubre de
1969
Acta de Canje.-
En la ciudad de Santo Domingo de Guzmán, República Dominicana, el
primer día del mes de Septiembre del año mil novecientos sesenta y
nueve, 126 de la independencia y 106 de la Restauración, en el
Palacio de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores, y en
virtud del instrumento de ratificación de la Asamblea Legislativa
de la República de Nicaragua, de fecha cinco de julio del año mil
novecientos sesenta y ocho y del Excelentísimo Señor de la
República de Nicaragua, General Anastasio Somoza D., de fecha
veintidós de mayo de mil novecientos sesenta y nueve; y del
Instrumento de Ratificación del Congreso Nacional de la República
Dominicana de fecha seis de marzo del año mil novecientos sesenta y
nueve, y del instrumento del Excelentísimo Señor Presidente
Constitucional de la República Dominicana, Doctor Joaquín Balaguer,
de fecha treinta de agosto del año mil novecientos noventa y nueve,
se ha procedido, por la República de Nicaragua, previo al canje de
los Plenos Poderes, de fecha veintidós de mayo del año mil
novecientos sesenta y nueve, y los Plenos Poderes otorgados por el
Señor Presidente de la República Dominicana en fecha treinta de
agosto del año mil novecientos sesenta y nueve, para los fines de
la presente acta, respectivamente, el canje de las ratificaciones
del Convenio Cultural entre la República de Nicaragua y la
República Dominicana, suscrito entre los Plenipotenciarios de las
Altas Partes mencionadas, en fecha primero de septiembre del año
mil novecientos sesenta y nueve, entre el Señor Mayor Alfredo López
Ramírez, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Nicaragua
en la República Dominicana y el Doctor Fernando A. Amiama Tió,
Secretario de Estado de Relaciones Exteriores de la República
Dominicana, en representación de sus respectivos Gobiernos.
Hecho en dos originales hoy, día de la fecha consignada en la
presente Acta de Canje.
F) Alfredo López Ramírez, por el Gobierno de la República de
Nicaragua.
F) Fernando A. Amiama Tió, por el Gobierno de la República
Dominicana.
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