Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Disposiciones Administrativas
-
MODIFICACIÓN PARCIAL DE LA
DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL No.03-2013
DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL No. 06-2013, Aprobada el
11 de Marzo del 2013
Publicado en La Gaceta No. 49 del 14 de Marzo del 2013
El suscrito Director General de Ingresos, en uso de las facultades
que le confieren los artículos 102 numeral 1, 146 numera 1, 152
numeral 3 y 223 numeral 5 de la Ley No. 562 Código Tributario de
la República de Nicaragua, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
No. 227 del 23 de noviembre del año 2005 y con base a los artículos
25 (penúltimo párrafo), 51, 53, 56, 71, 72 numeral 2, 89 y 92 del
la Ley No. 822 Ley de Concertación Tributaria, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial No. 241 del 17 de diciembre de 2012 y los
artículos 19 numeral 11 (segundo párrafo), 38, 40 numeral 4, 44
numeral 4, 46, 67 y 69 del Decreto No. 01-2013 Reglamento de la
Ley No. 822, Ley de Concertación Tributaria, publicado en La
Gaceta, Diario Oficial No. 12 del 22 de enero del 2013.
CONSIDERANDO
Que es competencia de la Dirección General de Ingresos facilitar
las formas y condiciones para la presentación de las declaraciones
mensuales de retención en la fuente IR a cuentas y definitivas,
utilizando la tecnología de información y comunicación.
DISPONE
PRIMERO: refórmese el Ordinal PRIMERO de la Disposición
Administrativa General No. 03-2013, publicada en La Gaceta, Diario
Oficial No. 18 del 30 de enero de 2013, corríjase y léase:
a partir del período de enero 2013, los contribuyentes
Responsables Retenedores del IR inscritos en la Ventanilla
Electrónica (VET24/7), deben presentar sus declaraciones de
Retenciones en la Fuente, cargándolas y trasladándolas a la base de
datos de la DGI, mediante el procedimiento que se explica en la
GUIA PARA IMPORTAR Y DECLARAR INFORMACIÓN, disponible en la
página web de la DGI www.dgi.gob.ni.
SEGUNDO: refórmese el Ordinal SEGUNDO de la Disposición
Administrativa General No. 03-2013, publicada en La Gaceta, Diario
Oficial No. 18 del 30 de enero de 2013, corríjase y léase:
para los contribuyentes no inscritos en la Ventanilla Electrónica
(VET24/7), deben utilizar el formulario No.122 denominado
RETENCIÓN EN LA FUENTE MENSUAL, el cual se encuentra
disponible para su consulta en la página web www.dgi.gob.ni,
sección comunicados y para su compra en las Administraciones de
Rentas del país.
TERCERO:déjese sin efecto el Ordinal TERCERO de la
Disposición Administrativa General No. 03-2013, publicada en La
Gaceta, Diario Oficial No. 18 del 30 de enero de 2013.
CUARTO:manténgase la vigencia de los Ordinales CUARTO y
QUINTO de la Disposición Administrativa General No. 03-2013,
publicada en La Gaceta, Diario Oficial No. 18 del 30 de enero de
2013.
QUINTO:con el propósito de contribuir y facilitar la
aplicación de la presente, se pone a su disposición el Centro de
Asistencia Tributaria (CAT), llamando al teléfono 22489998 o
escribiéndonos al correo electrónico
centrodeasistenciatributaria@dgi.gob.ni
SEXTO: esta Disposición entrará en vigencia a partir de su
publicación en La Gaceta, Diario Oficial, tal como lo establece el
párrafo segundo del artículo 5 del Código Tributario de la
República de Nicaragua.
Dado en la ciudad de Managua, a los once días del mes de marzo, del
año dos mil trece.
(F) MARTÍN RIVAS RUIZ, DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS.
-