Eliminación De Certificación De Libros Contables Ante La Dgi

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Disposiciones Administrativas - ELIMINACIÓN DE CERTIFICACIÓN DE LIBROS CONTABLES ANTE LA DGI DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL Nº 02-2012, Aprobado el 22 de Marzo del 2012 Publicado en La Gaceta No. 59 del 27 de Marzo de 2012 El Suscrito Director General de Ingresos, en uso de las facultades que le confiere el Arto. 152, numeral 2 y 3 y el Arto. 223, numeral 4, literal e, del Código Tributario de la República de Nicaragua (CTr) y de conformidad con el Artículo 6, numeral 2, de la Ley Nº 691, Ley de Simplificación de Tramites y Servicios en la Administración Pública. CONSIDERANDO Que la institución está realizando cambios significativos orientados a modernizar los procesos sustantivos de la Administración Tributaria, tendientes a la simplificación de los mismos, para brindar un servicio ágil y eficaz a los (as) contribuyentes y público en general en todas sus transacciones. DISPONE PRIMERO: Eliminar el requisito de presentar los Libros Contables, para ser certificados por la Administración de Rentas y/o Dirección de Grandes Contribuyentes, sin perjuicio de lo establecido en el Arto. 102 numeral 3 y el 103 numeral 4 del Código Tributario de la República de Nicaragua, y el Arto 28 y 32 del Título II del Código de Comercio de Nicaragua. SEGUNDO: Se deja sin efecto, lo establecido en el primer párrafo del punto 1.2 del ordinal Primero, de la Disposición Técnica Nº 132003. TERCERO: La presente Disposición Administrativa General, entra en vigencia a partir de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de marzo del año dos mil doce. MARTÍN GUSTAVO RIVAS RUIZ, DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS. -