Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Disposiciones Administrativas
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(CONTRIBUYENTES RESPONSABLES Y/O
RETENEDORES DEBERÁN EMITIR A TRAVÉS DE LA VENTANILLA ELECTRÓNICA
TRIBUTARIA (VET) LA CONSTANCIA DE RESPONSABLE DIRECTO)
DISPOSICIÓN ADMINISTRATIVA GENERAL Nº 08- 2013, Aprobado el
8 de Octubre de 2013
Publicado en La Gaceta No. 194 del 14 de Octubre del 2013
EMISIÓN DE CONSTANCIA DE RESPONSABLE DIRECTO.
El suscrito Director General de Ingresos, en uso de las facultades
que le confiere el Artículo 152, numeral 3 del Código Tributario de
la República de Nicaragua, publicado en La Gaceta, Diario Oficial
Nº 227 del 23 de noviembre del año 2005; y de conformidad al
Artículo 20 CTr y los Artículos 143 numeral 1, 182, 208, 228
numeral 1 y 313 de la Ley de Concertación Tributaria, publicada en
La Gaceta, Diario Oficial Nº 241 del 17 de diciembre del
2012.
CONSIDERANDO
Que la Administración Tributaria en el marco del proceso de reforma
y modernización de los diferentes procesos tributarios y con el
propósito de brindar mayor facilidad a los contribuyentes en el
cumplimiento de sus obligaciones tributarias, especialmente, en la
de inscribirse como Responsable Recaudador y/o Responsable
Retenedor, haciendo uso de las ventajas que ofrecen los
instrumentos tecnológicos de la época moderna.
DISPONE
PRIMERO: los contribuyentes responsables recaudadores y/o
retenedores, deberán emitir a través de la Ventanilla Electrónica
Tributaria - VET, el documento denominado CONSTANCIA DE
RESPONSABLE DIRECTO.
SEGUNDO: para la emisión de la CONSTANCIA DE RESPONSABLE
DIRECTO, el contribuyente debe seleccionar la opción Impresión de Documentos y elegir
Imprimir Constancia de
Responsable.
TERCERO: la vigencia de la constancia es de seis meses,
contados a partir de su fecha de emisión. Este documento no
requerirá de firma ni de sello, para su seguridad, presenta en la
parte inferior derecha código de seguridad QR.
CUARTO: la CONSTANCIA DE RESPONSABLE DIRECTO deberá
mantenerse en un lugar visible dentro del establecimiento.
QUINTO: la presente Disposición Administrativa General,
deroga cualquier disposición que se le oponga, y entrará en
vigencia después de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dada en la ciudad de Managua, a los ocho días del mes de octubre
del 2013.
(F) MARTÍN RIVAS RUIZ. DIRECTOR GENERAL DE INGRESOS.
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