Reforma A La Ley Creadora De La Editorial Nueva Nicaragua

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos - Ley - REFORMA A LA LEY CREADORA DE LA EDITORIAL NUEVA NICARAGUA Decreto No. 494 de 22 de febrero de 1990 Publicado en La Gaceta No. 41 de 27 de febrero de 1990 EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA DE NICARAGUA En uso de sus facultades, DECRETA: Artículo 1.- Se reforma los Artos. 2, 3 y 4 del Decreto No. 616 publicado en La Gaceta No. 7 del día 12 de Enero de 1981, los cuales se leerán así: Artículo 2.- La Editorial Nueva Nicaragua estará adscrita a la Universidad Nacional Autónoma de Nicaragua, de quien dependerá directamente. Artículo 3.- La administración de la Editorial Nueva Nicaragua (ENN) estará regida por un Consejo Editorial el cual estará integrado en la forma que la Junta Universitaria determine. Artículo 4.- La Editorial Nueva Nicaragua tendrá un Director Ejecutivo nombrado por el Consejo Editorial. El Director Ejecutivo nombrará al personal técnico y administrativo necesario". Artículo 2.- La presente Reforma entra en vigencia hoy, a partir de su divulgación por cualquier medio de comunicación colectiva, sin perjuicio de su posterior publicación en "La Gaceta", Diario Oficial. Dado en la ciudad de Managua, a los veintidós días del mes de Febrero de mil novecientos noventa. "Año de la Paz y la Reconstrucción". Daniel Ortega Saavedra, Presidente . -