Vigencia De Un Decreto, Sobre Reforma Al Arto. 126, De La Ley Orgánica De Tribunales

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - (VIGENCIA DE UN DECRETO, SOBRE REFORMA AL ARTO. 126, DE LA LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES) DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 15 de enero de 1913 Publicada en La Gaceta No. 27 del 3 de febrero de 1913 LA ASAMBLEA NACIONAL Considerando: Que el artículo 1º del decreto de 31 de diciembre último es reformatorio del artículo 126 de la Ley Orgánica de Tribunales, en la parte en que dispone que bastan cuatro votos en la Corte Suprema de Justicia para dictar sentencia, y que el 5º del mismo decreto lo es del 93 de la propia Ley Orgánica, por cuanto señala el número de dos votos para formar sentencia en las Salas de Apelaciones; Considerando: Que es necesario que ese decreto entre inmediatamente en vigor y que tal como fué dictado no podría tener efecto sino después de un mes de su publicación en La Gaceta Oficial. Decreta: Único: El decreto de 31 de diciembre último comenzará á regir lo mismo que este, desde su respectiva publicación. Dado &. &. Ramón Castillo C.- Managua, 15 de enero de 1913. -