Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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(VIGENCIA DE UN DECRETO, SOBRE
REFORMA AL ARTO. 126, DE LA LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES)
DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 15 de enero de 1913
Publicada en La Gaceta No. 27 del 3 de febrero de 1913
LA ASAMBLEA NACIONAL
Considerando:
Que el artículo 1º del decreto de 31 de diciembre último es
reformatorio del artículo 126 de la Ley Orgánica de Tribunales, en
la parte en que dispone que bastan cuatro votos en la Corte Suprema
de Justicia para dictar sentencia, y que el 5º del mismo decreto lo
es del 93 de la propia Ley Orgánica, por cuanto señala el número de
dos votos para formar sentencia en las Salas de Apelaciones;
Considerando:
Que es necesario que ese decreto entre inmediatamente en vigor y
que tal como fué dictado no podría tener efecto sino después de un
mes de su publicación en La Gaceta Oficial.
Decreta:
Único: El decreto de 31 de diciembre último comenzará á
regir lo mismo que este, desde su respectiva publicación.
Dado &. &. Ramón Castillo C.- Managua, 15 de enero
de 1913.
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