Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Legislativos
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TRANSFIEREN PARTIDA EN TRIBUNAL
DE CUENTAS
DECRETO No. 382, Aprobado el 7 Enero de 1959
Publicado en La Gaceta No. 45 del 23 Febrero de 1959
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A sus habitantes
SABED
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente
DECRETO No. 382
LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA CÁMARA DEL SENADO
DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA
DECRETAN
Artículo 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en
el Presupuesto de Ingresos y Egresos vigente la siguiente
transferencia de Partidas del Tribunal de Cuentas:
DE: 0707 2801 - Asignaciones Personales Viáticos y Asignaciones
para Representaciones (En General) C$ 5.000.00
0707-2802 - Servicios Impersonales 9,058.45
Impresiones y Encuad. C$ 5.000.00
Seguros 4,058.45
C$14,058.45
A: 0707-2803 - Materiales y Suminitr. Consum. Útiles de Oficina C$
9,058.45
0707-2806 - Movimiento de Equipos e Imp. Vehículos 5,000.00
C$ 14,058.45
Artículo 2.- La presente Ley entrará en vigor desde la fecha
de su publicación en "La Gaceta", Diario Oficial.
Dado en el salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D.
N., 7 de Enero de 1959.- (f) A. MONTENEGRO, D.P.- (f)
SALVADOR CASTILLO, D. S.- (f) J. CASTILLO A.,
D.S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del senado. - Managua, D. N., 15 de
Enero de 1959.- (f) CRISANTO SACASA, S. P.- (f) CAMILO
LÓPEZ IRÍAS, S. S.- (f) ENRIQUE BELLI CH., S. S.
Por Tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial, Managua, D. N., 19 de
Enero de 1959.- (f) LUIS A. SOMOZA., Presidente de la
República.- (f) KARL J. C-H. HUECK, Ministro de Estado en el
Despacho de Hacienda y Crédito Público.
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