Transferencia Para Trabajos De Carretera Y Puentes

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Finanzas Públicas Rango: Decretos Legislativos - TRANSFERENCIA PARA TRABAJOS DE CARRETERA Y PUENTES DECRETO No. 292 Aprobado el 12 de Diciembre de 1957 Publicado en La Gaceta No. 23 del 28 de Enero de 1958 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA a sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: DECRETO No. 292 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua DECRETAN: 1o: Autorízase al Poder Ejecutivo para efectuar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos vigente las siguientes transferencias de partidas: De: (0904) Construcción carreteras presa <Mancotal> 0904-1901 Asignaciones Personales-Jornales........C$ 115.044.00 0904-1903 Materiales y Suministros Consumibles........ 203.222.00 Combustibles y Lubricantes................116.803 Herramientas Pequeñas................3.345 Materiales p. Construcción, de carreteras, caminos y puentes........................ 52.500 Materiales varios........................ 30.574 0904-1906 Mantenimiento de equipos e inmuebles........ 92.520.00 Vehículos................................4.770 Pesado................................87.750 0904-1907 Subvenciones y contribuciones........15.214 A: 0904-1901 Asignaciones Personales Nuevo Sub-rubro: Sueldos del Personal Contratado........426.000.00 De: 0904-1906 Mantenimiento de equipo e Inmueble Pesado........45.000.00 A: 0904-1904 Equipo ........Vehículo................................45.000.00 Artículo 2o.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación en <La Gaceta>, Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D.N., 12 de Diciembre de 1957.- (f) SALVADOR CÁSTILLO, DS.- J. J. MORALES MARENCO, DS.- Al Poder Ejecutivo.-Cámara de Senado, Managua, D.N., 15 de Enero de 1958.- (f) CAMILO LÓPEZ IRÍAS, SP.- (f) PABLO RENER, SS.-(f) ENRIQUE BELLI CH., SS. POR TANTO: Ejecútese.-Casa Presidencial.-Managua, D.N., 1 de enero de 1958.-(f) LUIS A. SOMOZA D., Presidente de la República.- (f) KARL J. C. H. HÜECK, Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda y Crédito Público». -