Se Suspenden Las Relaciones Diplomáticas Entre El Gobierno Y El Imperio Alemán

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Relaciones Internacionales Rango: Decretos Legislativos - (SE SUSPENDEN LAS RELACIONES DIPLOMÁTICAS ENTRE EL GOBIERNO Y EL IMPERIO ALEMÁN) Aprobado el 18 de Mayo de 1917 Publicado en La Gaceta No. 111 del 25 de Mayo de 1917 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Artículo 1.- Suspender las relaciones diplomáticas entre el Gobierno de Nicaragua y el Gobierno Imperial Alemán. Artículo 2.- Facultar al Poder Ejecutivo para conceder al Gobierno de los Estados Unidos de América el uso de sus puertos, aguas territoriales, vías de comunicación y toda otra facilidad análoga que sea necesaria durante el presente conflicto. Artículo 3.- Declarar que los súbditos alemanes residentes en el país podrán continuar en él sin ser molestados en manera alguna, sujetos a la observancia y respeto de las leyes y autoridades de la República. Artículo 4.- Autorizar al Ejecutivo para reglamentar y hacer efectivas las disposiciones anteriores, y para dictar aquellas medidas de orden y seguridad que a su juicio fuesen indispensables para el mejor cumplimiento de esta ley. Dado en el salón de Sesiones de la Cámara de Diputados  Managua, 18 de mayo de 1917. Juan Franco Aguilar, D.P.- Gabriel Rivas h., D.S.- Fernando Ig. Martínez, D. S. Al Poder Ejecutivo  Cámara del Senado  Managua, 18 de mayo de 1917.- Franco Torres F., S.V.P.- Sebastián Uriza, S.S.- Juan J. Ruiz, S.S. Por tanto, ejecútese  Palacio del Ejecutivo. Managua, 19 de mayo de 1917  EMILIANO CHAMORRO  El Ministro de Relaciones Exteriores  J. A. Urtecho. -