Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Municipal
Rango: Decretos Legislativos
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(SE SUPRIME UN IMPUESTO LOCAL DE
TRÁNSITO)
DECRETO No. 64, Aprobado el 12 de Febrero de 1925
Publicado en La Gaceta No. 43 del 21 de Febrero de 1925
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- No podrá cobrarse ningún impuesto local de
tránsito por derecho en las poblaciones de la República, por
vehículos, mercaderías, víveres, y ganados de asta y casco.
Artículo 2.- Deróganse los impuestos de esta naturaleza ya
establecidos por Planes de Arbitrios anteriores a la vigencia de la
presente Ley.
Artículo 3.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación
en La Gaceta Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado. Managua, 12
de febrero de 1925- J. Demetrio Cuadra, S. P. Vicente F.
Altamirano, S. S. V. M. Román, S. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara de Diputados. Managua, 13 de febrero de
1925. Vicente F. Pérez, D. P. Máximo Gutiérrez
G., D. S. M. Cordero Reyes, D. S.
Publíquese. Casa Presidencial. Managua, 16 de febrero de 1925.
CARLOS SOLÓRZANO. El Ministro de la Gobernación, JUAN
JOSÉ MARTÍNEZ.
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