Se Restablece El Decreto 24 De Junio De 1932, Relativo A La Reposición De Títulos Universitarios Y Profesionales Y Los Demás Aceptados En La República, Destruidos En El Terremoto De 1931
Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
-
(SE RESTABLECE EL DECRETO 24 DE
JUNIO DE 1932, RELATIVO A LA REPOSICIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS Y
PROFESIONALES Y LOS DEMÁS ACEPTADOS EN LA REPÚBLICA, DESTRUIDOS EN
EL TERREMOTO DE 1931)
DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 5 de Enero de 1933
Publicado en La Gaceta No. 17 del 23 de Enero de 1933
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Art. 10 Restablécese el decreto
de 24 de junio de 1932, relativo a la reposición de los títulos
universitarios y profesionales y los demás aceptados en la
República, destruidos en el terremoto e incendio del 31 de marzo de
1931.
Art. 20 Esta ley regirá desde su
publicación en La Gaceta y sus efectos durarán tres meses a partir
de dicha vigencia.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado Managua, D.
N., 5 de enero de 1933 M. López
C., S.P. D. Stadthagen, S. S.
Alberto Gómez, S. S. Aquí un
sello.
Al Poder Ejecutivo Cámara de Diputado Managua, D. N., enero 12
de 1933. C. Urbina h., D. P. Juan M. Zamora D, S. S. Rizo G., Aquí otro sello.
-