Se Restablece El Decreto 24 De Junio De 1932, Relativo A La Reposición De Títulos Universitarios Y Profesionales Y Los Demás Aceptados En La República, Destruidos En El Terremoto De 1931

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - (SE RESTABLECE EL DECRETO 24 DE JUNIO DE 1932, RELATIVO A LA REPOSICIÓN DE TÍTULOS UNIVERSITARIOS Y PROFESIONALES Y LOS DEMÁS ACEPTADOS EN LA REPÚBLICA, DESTRUIDOS EN EL TERREMOTO DE 1931) DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 5 de Enero de 1933 Publicado en La Gaceta No. 17 del 23 de Enero de 1933 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Art. 10  Restablécese el decreto de 24 de junio de 1932, relativo a la reposición de los títulos universitarios y profesionales y los demás aceptados en la República, destruidos en el terremoto e incendio del 31 de marzo de 1931. Art. 20  Esta ley regirá desde su publicación en La Gaceta y sus efectos durarán tres meses a partir de dicha vigencia. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado  Managua, D. N., 5 de enero de 1933 M. López C., S.P. D. Stadthagen, S. S. Alberto Gómez, S. S. Aquí un sello. Al Poder Ejecutivo  Cámara de Diputado  Managua, D. N., enero 12 de 1933. C. Urbina h., D. P. Juan M. Zamora D, S. S. Rizo G., Aquí otro sello. -