Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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SE REFORMAN ALGUNOS PUNTOS DE LA
LEY ORGÁNICA DE TRIBUNALES, Y SE DISPONE EL NOMBRAMIENTO DE
CONJUECES
Aprobado el 25 de Marzo de 1926
Publicado en La Gaceta No. 72 del 27 de Marzo de 1926
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA,
DECRETAN:
Artículo 1.- El Art. 106 de la Ley Orgánica de Tribunales
reformados por la ley de 4 de octubre de 1910, se leerá así: Para
los efectos del Art. Anterior, el Congreso Nacional en Cámaras
unidas elegirá cada año para Conjueces, seis de entre los Abogados
de la residencia de cada Corte, o de cualquiera otra población de
la República si así lo juzgare conveniente, con tal que reúnan las
condiciones prescritas para ser Magistrados; para las de Bluefields
y Matagalpa elegirá sólo tres.
Artículo 2.- Al Art. 127 de la misma Ley Orgánica de
Tribunales reformado por la ley citada de 4 de octubre de 1910 se
le agregará lo que sigue: También se aplicará a la Corte Suprema de
Justicia lo dispuesto en el Art. 106, pero el número de Abogados
que el Congreso elegirá cada año para el cargo de Conjueces será de
ocho.
Artículo 3.- Para el año en curso el Congreso Nacional, en
Cámaras únicas procederá inmediatamente a hacer los nombramientos
de Conjueces a que la presente ley se refiere y quedarán por
consiguiente sin ningún efecto los nombramientos de Conjueces
hechos conforme la ley anterior.
Artículo 4.- Este decreto empezará a regir desde su
publicación por bando en esta capital y en las ciudades de León,
Granada, Matagalpa y Bluefields.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara del Senado Managua, 25
de marzo de 1926 SEBASTIÁN URIZA, Senador Presidente
JUAN DE D. PASTORA, Senador Secretario J. M.
JIMÉNEZ, Senador Secretario.
Al Poder Ejecutivo Cámara de Diputados Managua, 26 de marzo de
1926 SEG. CHAMORRO ARGÜELLO, D. P. ROBERTO ADAMS,
D. S. J. JOAQUÍN MORALES, D. S.
Por Tanto: Ejecútese Casa Presidencial Managua, 26 de marzo de
1926 EMILIANO CHAMORRO El Ministro de Justicia
HUMBERTO PASOS DÍAZ.
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