Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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(SE PRORROGAN LAS SESIONES DE LA
ASAMBLEA CONSTITUYENTE)
DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 9 de mayo de 1913
Publicado en La Gaceta No. 132 del 12 de junio de 1913
El Presidente de la República,
á sus habitantes,
SABED
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
LA ASAMBLEA NACIONAL LEGISLATIVA.
Decreta:
Único- Prorrogase las sesiones de la actual Asamblea
Nacional Legislativa, de acuerdo con el artículo 66 de la
Constitución.
Dado en el Salón de Sesiones - Managua, nueve de mayo mil
novecientos trece - Salvador Chamorro, D. P.-M. J. Morales,
D. S. M., García Otolea, D. S.
Por tanto:-Ejecútese -Casa Presidencial.- Managua, doce de mayo de
mil novecientos trece -ADOLFO DÍAZ.- El Ministro de la
Gobernación - ALFONSO AYÓN.
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