Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales
Rango: Decretos Legislativos
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SE HACE EXTENSIVA AL
DEPARTAMENTO DE RIVAS LA PRIMA DEL CAFÉ CONCEDIDA Á OTROS
DEPARTAMENTOS
DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 7 de Marzo de 1895
Publicado en La Gaceta No. 115 del 17 de Marzo de 1895
La Asamblea Nacional Legislativa decreta:
Art. 1.- Hacer extensiva al departamento de Rivas, la prima
de cinco centavos por cada planta de café que se siembre, concedida
á los departamentos de Chontales, Matagalpa y Nueva Segovia, por
leyes de 14 de Marzo de 1877, de 8 de Abril de 1889 y acuerdo
ejecutivo de 10 de Febrero de 1890.
Art. 2.- El plazo á que se refieren dichas leyes comenzará á
correr; para el departamento de Rivas, el día de la publicación de
la presente.
Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Legislativa-
Managua, 7 de Marzo de 1895.- Francisco Montenegro,
Presidente.- Francisco X. Ramírez, Secretario.- Luis E.
López, Secretario.- Ejecútese- Managua, 8 de Marzo de 1895.-
J. S. Zelaya.- El Ministro General.- F. Baca,
h.
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