Se Hace Extensiva Al Departamento De Rivas La Prima Del Café Concedida Á Otros Departamentos

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Medio Ambiente y Recursos Naturales Rango: Decretos Legislativos - SE HACE EXTENSIVA AL DEPARTAMENTO DE RIVAS LA PRIMA DEL CAFÉ CONCEDIDA Á OTROS DEPARTAMENTOS DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 7 de Marzo de 1895 Publicado en La Gaceta No. 115 del 17 de Marzo de 1895 La Asamblea Nacional Legislativa decreta: Art. 1.- Hacer extensiva al departamento de Rivas, la prima de cinco centavos por cada planta de café que se siembre, concedida á los departamentos de Chontales, Matagalpa y Nueva Segovia, por leyes de 14 de Marzo de 1877, de 8 de Abril de 1889 y acuerdo ejecutivo de 10 de Febrero de 1890. Art. 2.- El plazo á que se refieren dichas leyes comenzará á correr; para el departamento de Rivas, el día de la publicación de la presente. Dado en el Salón de Sesiones de la Asamblea Nacional Legislativa- Managua, 7 de Marzo de 1895.- Francisco Montenegro, Presidente.- Francisco X. Ramírez, Secretario.- Luis E. López, Secretario.- Ejecútese- Managua, 8 de Marzo de 1895.- J. S. Zelaya.- El Ministro General.- F. Baca, h. -