Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas
Fundamentales
Rango: Decretos Legislativos
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(SE DECLARA EN ESTADO DE SITIO
EL DEPARTAMENTO DE MANAGUA)
Aprobado el 11 de Mayo de 1933
Publicado en La Gaceta No. 104 del 12 de Mayo de 1933
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
A sus habitantes
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA REPÚBLICA DE
NICARAGUA
DECRETAN:
Artículo 1.- De conformidad con el artículo 85, inciso 21
Cn., y artículo 26 de la Ley Marcial, declárase en estado de sitio
el Departamento de Managua, con suspensión de todas las garantías,
excepto las enumeradas en el Art. 62 Cn.
Artículo 2.- El presente decreto surtirá sus efectos desde
su publicación por bando en la capital, los pueblos del
Departamento, y se publicará en La Gaceta Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones del Senado. Managua, D. N., 11 de mayo
de 1933. Onofre Sandoval, S. P., Modesto Armijo, S.
S., H. A. Castellón, S. S.
Al Poder Ejecutivo. Cámara de Diputados. Managua, D. N., Mayo 11 de
1933. C. Brenes Jarquín, D. P., Leopoldo Argüello
Gil, D. S., José Floripe, D. S.
Por Tanto: EJECÚTESE. Casa Presidencial. Managua, D. N., 12 de mayo
de mil novecientos treinta y tres. JUAN B. SACASA,
Presidente. GONZALO OCON, Secretario en el Despacho de la
Gobernación y Anexos.
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