Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Legislativos
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SE DECLARA EL 27 DE AGOSTO DÍA
DE FIESTA NACIONAL
Aprobado el 27 de Agosto de 1898
Publicado en La Gaceta No. 630 del 20 de Noviembre de 1898
La Asamblea General Constituyente de la República de los Estados
Unidos de Centro América,
CONSIDERANDO:
Que en esta fecha se ha firmado la Constitución de los Estados y
que ella satisface las aspiraciones del más alto patriotismo y
noble anhelo, constantemente manifestado por los pueblos,
DECRETA:
Artículo único Declárese que el veintisiete de Agosto es
día de fiesta nacional para los pueblos de los Estados Unidos de
Centro América, y las autoridades de los referidos Estados
celebrarán aquella fecha con la mayor solemnidad posible.
Dado en Managua, en el Salón de Sesiones de la Asamblea General
Constituyente, á veintisiete de Agosto de mil ochocientos noventa y
ocho M. C. MATUS, Presidente CAYETANO OCHOA, 1r
Secretario FEDERICO G. UBLÉS, 2º Secretario.
Publíquese Palacio Nacional Managua, 29 de Octubre de 1898
J. S. ZELAYA El Ministro de la Gobernación ERASMO
CALDERÓN.
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