Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Legislativos
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SE DECLARA DE INTERÉS CULTURAL
NACIONAL LA IGLESIA DE TIPITAPA
DECRETO No. 1413, Aprobado el 27 de Noviembre de 1967
Publicado en la Gaceta No. 11 del 13 de Enero de 1968
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, A SUS HABITANTES,
SABED:
QUE EL CONGRESO HA ORDENADO LO SIGUIENTE:
DECRETO No. 1413
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
DECRETAN:
Artículo 1.- Se declara de interés cultural nacional la
Iglesia o Templo parroquial de la ciudad de Tipitapa.
Artículo 2.- A fin de mantener en buen estado el templo a
que se refiere el artículo anterior, el Estado lo subvencionará
durante los años de 1968 y 1969 con una pensión de Dos Mil Córdobas
mensuales, cantidad que será incluida en el Presupuesto General de
Ingresos y Egresos de la República, de los años mencionados.
Artículo 3.- Créase una Junta Administradora de los fondos,
integrada por el Cura Párroco del lugar, el Alcalde y un vecino de
la localidad, que será nombrado por el Ministerio de la
Gobernación, quienes se constituirán en Directiva.
Artículo 4.- La presente Ley empezará a regir desde la fecha
de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N. veintisiete de Noviembre de mil novecientos sesenta y siete.-
Año Rubén Darío.- Adolfo Martínez T., D. P.- Orlando Trejos
S., D. S.- Pedro J. Quintanilla, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., seis de
Diciembre de mil novecientos sesenta y siete.- Año Rubén Darío.-
Cornelio Hüeck, S. P.- Pablo Rener, S. S.- Ernesto Chamorro
Pasos S. S.
Por Tanto: Ejecútese. Casa Presidencial. Managua, D. N., doce de
Diciembre de mil novecientos sesenta y siete.- Año Rubén Darío.-
A. SOMOZA D., Presidente de la República.- Vicente Navas
A., Ministro de la Gobernación.
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