Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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(REINCORPÓRASE NUEVAMENTE EL
DEPARTAMENTO DE ESTELÍ, A LA COMPRENSIÓN JURISDICCIONAL DE LA CORTE
DE APELACIONES DE MATAGALPA)
DECRETO LEGISLATIVO No. 530, Aprobado el 6 de Diciembre de
1946
Publicado en La Gaceta No. 276 del 20 de Diciembre de 1946
EL PRESIDENTE DE LA RAPÚBLICA,
a sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
DECRETO No. 530
La Cámara de Diputados y la del
Senado de la República de Nicaragua,
Decretan:
Artículo 1º.- El Departamento de Estelí se reincorpora
nuevamente a la comprensión jurisdiccional de la Corte de
Apelaciones de Matagalpa, quedando por lo mismo separado de la de
León.
Artículo 2º.- Todos los juicios pendientes ante la Corte de
Apelaciones de León, así como el archivo, y que correspondan al
Departamento de Estelí, pasarán por inventario a la Corte de
Apelaciones de Matagalpa para que prosigan su curso.
Artículo 3º.- El presente Decreto deroga el emitido por la
Asamblea Nacional Constituyente el día 29 de Marzo de 1939, que fue
sancionado por el Ejecutivo el 31 del mismo mes y año y empezará a
regir treinta días después de su publicación en La Gaceta, Diario
Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua,
D. N., 3 de Diciembre de 1946.- C. A. Bendaña, D. P.- Andrés
Largaespada, D. S.- Alcib. Pastora Z., D. S.-
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado. Managua, D. N., 5 de
Diciembre de 1946. Onofre Sandoval, S. P.- J. Solórzano Díaz, S.
S.- A. Alemán S., S. S.
Por Tanto:
Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., seis de Diciembre
de mil novecientos cuarenta y seis.- A. SOMOZA, Presidente
de la República.- C. A. Morales, Ministro de Justicia.
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