Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Constitucional y Otras Normas
Fundamentales
Rango: Decretos Legislativos
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(PRORRÓGASE POR UN MES EL ESTADO
DE EMERGENCIA ECONÓMICA)
DECRETO LEGISLATIVO No.456, Aprobado el 27 de Junio de
1946
Publicado en La Gaceta No. 137 del 28 de Junio de 1946
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 456
La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de
Nicaragua,
DECRETAN:
Artículo 1º.- Prorrógase por el término de un mes el Decreto
Legislativo No. 367 de 27 de Junio de 1945, publicado en La
Gaceta No. 134 del jueves 28 de Junio del mismo año, que declara
el Estado de Emergencia Económica.
Artículo 2º.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación
en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.-Managua, D.
N., 25 de Junio de 1946.-Benjamín Lacayo S., D. P.-Víctor Manuel
Talavera, D. S.- L. H. Alfaro, D. S.
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 27 de
Junio de 1946. Mariano Argüello V., S. P.- J. Solórzano Díaz, S.
S.- Alemán S., S. S.
Por Tanto.- Ejecútese.-Casa Presidencial.- Managua, D. N., 27 de
Junio de mil novecientos cuarenta y seis.- A. SOMOZA,
Presidente de la República.- C. A. Morales, Ministro de la
Gobernación y Anexos.
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