Prorrógase Por Un Año Más Estado General De Emergencia Económica

Descarga el documento

Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Constitucional y Otras Normas Fundamentales Rango: Decretos Legislativos - PRORRÓGASE POR UN AÑO MÁS ESTADO GENERAL DE EMERGENCIA ECONÓMICA DECRETO No. 1368, Aprobado el 22 de Agosto de 1967 Publicado en La Gaceta No. 218 del 26 de Septiembre de 1967 La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de Nicaragua, Decretan: Artículo 1.- Declárase que el Estado General de Emergencia Económica, restablecido por Decreto No. 643, de 2 de Enero de 1962, publicado en La Gaceta No. 16, de 19 del mismo mes y año, prorrogado por Decreto No. 773 de 10 de Noviembre de 1962; prorrogado por Decreto No. 877, de 25 de Octubre de 1963; prorrogado por Decreto No. 1028, de 5 de Noviembre de 1964, y prorrogado por Decreto No. 1122, de fecha 7 de Octubre de 1965, publicado en La Gaceta No. 239, de 22 del mismo mes y año, prorrogado por Decreto No. 1230, publicado en La Gaceta No. 234, de 14 de Octubre de 1966, se prorroga por un año más a partir de la fecha de su vencimiento. Artículo 2.- En virtud de esta declaración subsistirán las suspensiones de garantías consignadas en los Artos. 85 y 123 Cn. Artículo 3.- Durante la vigencia de esta Ley, el Poder Ejecutivo podrá hacer cesar el Estado General de Emergencia Económica o la suspensión de alguna de las garantías constitucionales afectadas por dicho Estado de Emergencia Económica, si así conviniere a los intereses nacionales. Artículo 4.- La presente Ley empezará a regir desde la fecha de su publicación en La Gaceta, Diario Oficial. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados. Managua, D. N., 22 de Agosto de 1967. Orlando Montenegro Medrano Diputado Presidente Ramiro Granera Padilla Dip. Srio. Alejandro Romero Castillo Dip. Srio. Al Poder Ejecutivo. - Cámara del Senado, Managua, D. N., 6 de Septiembre de 1967. Víctor Manuel Talavera T., S. P. Pablo Rener Ernesto Chamorro Pasos S. S. S. S. Por Tanto: Ejecútese. - Casa Presidencial, Managua, Distrito Nacional, a los trece días del mes de Septiembre de mil novecientos sesenta y siete. - ANASTASIO SOMOZA D., Presidente de la República. - Ing. Arnoldo Ramírez Eva, Ministro de Economía. -