Prorroga Del Decreto Ejecutivo De Reclamos A Comisión Mixta

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - (PRORROGA DEL DECRETO EJECUTIVO DE RECLAMOS A COMISIÓN MIXTA) DECRETO LEGISLATIVO, Aprobado el 21 de febrero de 1913 Publicado en La Gaceta No. 56 del 8 de marzo de 1913 LA ASAMBLEA NACIONAL CONSTITUYENTE, Decreta: Articulo. 1º- Prorrogar hasta el último de diciembre del corriente año el plazo que señala el artículo 13 del decreto ejecutivo aprobado por la Asamblea Nacional el 17 de mayo de 1911, para la cancelación de los contratos que entrañan monopolios y concesiones. Articulo. 2º- Señálase el término de cuatro meses, á contar de la fecha en que empiece á regir este decreto, para que los particulares puedan introducir sus reclamaciones ante la Comisión Mixta. Articulo. 3º- El presente decreto empezará á regir desde su publicación en La Gaceta. Dado en el Salón de Sesiones- Managua, 21 de febrero de 1913- Salvador Chamorro, D. P.  Ramón Castillo C., D. S. An°, Solano, D. S. Publíquese- Casa Presidencial- Managua 1º. De marzo de 1913- Adolfo Díaz, El Ministro de Fomento, por la Ley Amador. -