Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Educación y Cultura
Rango: Decretos Legislativos
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INCLÚYESE EN PROGRAMAS DE MORAL
Y CÍVICA LA DECLARACIÓN UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS
DECRETO No. 1494, Aprobado el 28 de Agosto de 1968
Publicado en La Gaceta No. 238 del 18 de Octubre de 1968
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha Ordenado lo siguiente:
DECRETO No. 1494
La Cámara de Diputados y la Cámara del Senado de la República de
Nicaragua,
DECRETAN:
Artículo 1.- El Ministerio de Educación Pública incluirá,
como de estudio obligatorio en los Programas de MORAL Y CÍVICA, de
5o. y 6o. grados de la Enseñanza Primaria y en los de la Enseñanza
Media, la Declaración Universal de Derechos Humanos, emitida por la
Asamblea General de las Naciones Unidas el diez de Diciembre de mil
novecientos cuarenta y ocho.
Artículo 2.- Dentro de un mes a partir de la vigencia de
esta Ley, el Ministerio de Educación Pública, hará editar en
folletos dicha declaración y los distribuirá en todos los Centros
de Estudio de la República, para que los Directores los distribuyan
gratuitamente entre los estudiantes de todos los niveles de la
enseñanza.
Artículo 3.- Durante el presente año en que el mundo está
celebrando el XX ANIVERSARIO DE LA EMISIÓN DE LA DECLARACIÓN
UNIVERSAL DE DERECHOS HUMANOS, el Ministerio de Educación Pública
dispondrá que los Profesores de las materias relacionadas, comenten
dicha Declaración con sus alumnos, una vez por semana, a fin de que
éstos elaboren al final del curso, trabajos escritos sobre el
tema.
Artículo 4.- Esta Ley principiará a regir desde la fecha de
su publicación en La Gaceta, Diario Oficial.
Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados, Managua, D.
N., 28 de Agosto de 1968.
Orlando Montenegro Medrano, D. Presidente.
Francisco Urbina Romero, D. Srio.
Irma Guerrero Chavarría, D. Srio,
Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado, Managua, D. N, 10 de
Septiembre de 1968.
Constantino Mendieta R., S.P.
Gustavo F. Chávez, S.S.
Juan B. Briceño, S.S.
Por tanto: Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D.N., trece de
Septiembre de mil novecientos sesenta y ocho. A. SOMOZA D.,
Presidente de la República. Ramiro Sacasa Guerrero, Ministro
de Educación Pública.
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