Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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HÁSE POR INSTALADO EL SOBERANO
CONGRESO NACIONAL EN SESIONES ORDINARIOS
Decreto Legislativo, Aprobado 15 de Abril de 1950
Publicado en La Gaceta No. 75 del 15 de Abril de 1950
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes,
SABED:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de
Nicaragua,
Decretan:
ÚNICO.- Háse por instalado el Soberano Congreso Nacional en
las sesiones ordinarias correspondientes a su tercer período
constitucional.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso.-Managua, D. N., 15 de
Abril de 1950.-M. F. Zurita, Presidente.-Pedro Joaquín Bustamante,
Primer Secretario.-P. J. Ríos Núñez, Segundo Secretario.
Por Tanto: Publíquese.- Casa Presidencial.-Managua, D. N.,
quince de Abril de mil novecientos cincuenta.- V. M. ROMAN,
Presidente de la Repú blica.- Modesto Salmerón, Ministro de la
Gobernación y Anexos.
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