Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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HÀSE POR INSTALADO EL CONGRESO
NACIONAL EN SESIONES EXTRAORDINARIAS
No. 31, Aprobado el 16 de Noviembre de 1951
Publicado en La Gaceta No. 256 del 29 de Noviembre de 1951
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
El Congreso Nacional de la República de Nicaragua, en Cámaras
Unidas,
DECRETA:
Único.- Hàse por instalado el Congreso Nacional de la
República en las sesiones extraordinarias a que fue convocado por
Decreto Ejecutivo No. 433 del 13 Noviembre corriente.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso en Cámaras Unidas.-
Managua, D. N., 16 de Noviembre de 1951.- Luis A. Somoza,
Presidente.- Lorenzo Guerrero, Secretario.- Eli Tablada
Solís, Secretario.
Por Tanto: Publíquese. Casa Presidencial.- Managua, D. N.,
16 de Noviembre de 1951.- A SOMOZA, Presidente de la
República., El Ministro de la Gobernación, Jesús Aguilar
Cortes.
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