Hase Por Instalado El Congreso Nacional En Sesiones Extraordinarias

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Administrativa Rango: Decretos Legislativos - HASE POR INSTALADO EL CONGRESO NACIONAL EN SESIONES EXTRAORDINARIAS Decreto Legislativo , Aprobado 24 de Marzo de 1950 Publicado en La Gaceta No. 65 del 25 de Marzo de 1950 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA, a sus habitantes, SABED: Que el Congreso ha ordenado lo siguiente: DECRETO: La Cámara de Diputados y la del Senado de la República de Nicaragua, DECRETAN: ÚNICO.- Háse por instalado el Congreso Nacional en sesiones extraordinarias para que fuera convocado por Decreto Ejecutivo No. 182 de esta misma fecha y por el Presidente de la Asamblea de conformidad con la fracción 2ª. del Art. 114 de la Constitución Política a requerimiento de má s de quince miembros propietarios. Dado en el Salón de Sesiones del Congreso.-Managua, D. N., 24 de Marzo de 1950.- M. F. Zurita, Presidente.-Salv. Castillo, Secretario.- A. Montenegro, Secretario. Por Tanto: Publíquese.-Casa Presidencial.-Managua, D. N., 24 de Marzo de 1950.- V. M. ROMAN, Presidente de la República.-M. Salmerón, Ministro de la Gobernación. -