Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Administrativa
Rango: Decretos Legislativos
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HANSE POR INSTALADOS EL CONGRESO
NACIONAL Y
CÁMARAS DE DIPUTADOS Y SENADORES
DECRETO No. 1337, Aprobado el 19 de Abril de 1967
Publicado en La Gaceta No. 92 del 28 de Abril de 1967
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,
A sus habitantes,
Sabed:
Que el Congreso ha ordenado lo siguiente:
Decreto No. 1337
El Congreso Nacional de la República de Nicaragua, en Cámaras
Unidas
Decreta:
Único: Hanse por Instalado el Soberano Congreso Nacional en
las sesiones ordinarias correspondientes a su Décimo-séptimo
Período Constitucional.
Dado en el Salón de Sesiones del Congreso en Cámaras Unidas. -
Managua, Distrito Nacional, diecinueve de Abril de mil novecientos
sesenta y siete. Año Rubén Darío. Mariano Argüello,
Senador Presidente. - Orlando Trejos S., Diputado
Secretario. - Pablo Rener, Senador Secretario.
Por Tanto: Publíquese. - Managua, Distrito Nacional, diecinueve de
Abril de mil novecientos sesenta y siete. - LORENZO GUERRERO
G., Presidente de la República. - Vicente Navas A.,
Ministro de la Gobernación.
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