Normas Jurídicas
de Nicaragua
Materia: Finanzas Públicas
Rango: Decretos Legislativos
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DISPOSICIÓN RELATIVA Á LOS
RECLAMOS POR CONTRIBUCIONES Ó EXACCIONES
Aprobado el 7 de Noviembre de 1899
Publicado en La Gaceta No. 930 del 18 de Noviembre de
1899
La Asamblea Nacional Legislativa, decreta:
Único- El Gobierno oirá y resolverá conforme á la ley, durante el
término de cuarenticinco días contados desde la publicación de este
decreto, los reclamos que se le hagan por contribuciones y
exacciones ejecutadas durante las resoluciones de 1896 hasta la
fecha, siempre que estos reclamos se funden en documentos
auténticos emanados de autoridad ó agentes del Gobierno legal
constituído.
Dado en el Salón de Sesiones - Masaya, 19 de Octubre de 1899-
Santiago López, D. P.- José D. Gómez, D. S.- Salvador Barquero,
D.S.
Cúmplase - Palacio Nacional - Managua, 7 de Noviembre de 1899- J.
S. ZELAYA - El Ministro de Hacienda Féliz P. Zelaya R.
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