Derógase Una Ley De 9 De Enero De 1939

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Normas Jurídicas de Nicaragua Materia: Educación y Cultura Rango: Decretos Legislativos - (DERÓGASE UNA LEY DE 9 DE ENERO DE 1939) No. 17, Aprobado el 3 de Octubre de 1939 Publicada en La Gaceta No. 223 del 14 de Octubre de 1939 LA CÁMARA DE DIPUTADOS Y LA DEL SENADO DE LA REPÚBLICA DE NICARAGUA, DECRETAN: Artículo 1.- Las Facultades de Farmacia de la República solamente practicarán exámenes para optar al título de Doctor en Farmacia, conforme la Ley fundamental de Instrucción Pública y reglamentación del estudio respectivo. Artículo 2.- Derogase la Ley de 9 de Enero de 1939. Artículo 3.- Esta Ley empezará a regir desde su publicación en La Gaceta. Dado en el Salón de Sesiones de la Cámara de Diputados.- Managua, D. N., 3 de Octubre de 1939.- A. Montenegro, D. P.- Henri Pallais B., D. S.- J. Francisco Zúñiga E., D, S. Al Poder Ejecutivo.- Cámara del Senado.- Managua, D. N., 4 de Octubre de 1939.- Crisanto Sacasa, S. P.- C. A. Morales, S. S.- Alejandro Astacio, S. S. Por Tanto:- Ejecútese.- Casa Presidencial.- Managua, D. N., cinco de Octubre de mil novecientos treinta y nueve.- A. SOMOZA,Presidente de la República.- H. A. CASTELLÓN, Ministro de Instrucción Pública y Educación Física. -